ALEJANDRO CARBAJAL GONZÁLEZ
ASOCIACIÓN PARLAMENTARIA PROGRESISTA DE LA TRANSFORMACIÓN
Ley: CÓDIGO PENAL PARA EL DISTRITO FEDERAL,
Tipo: MODIFICACION
Nombre: PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA LA FRACCIÓN III Y EL PÁRRAFO CUARTO DEL ARTÍCULO 200 DEL CÓDIGO PENAL PARA EL DISTRITO FEDERAL, EN MATERIA DE ERRADICACIÓN DE LA REVICTIMIZACIÓN EN RELACIONES DE HECHO.
Propuesta: ARTÍCULO 200.- [...] III. La persona con la que se tenga o haya tenido una relación de pareja, noviazgo o afectiva de hecho, [Párrafo Cuarto] Para efectos de este artículo, se entenderá que existe una relación de pareja, noviazgo o afectiva de hecho, cuando exista o haya existido un vínculo sentimental, de apoyo mutuo o noviazgo basado en la afectividad. La existencia de este vínculo se podrá acreditar a través de cualquier medio de prueba legal, con independencia de la cohabitación o el reconocimiento jurídico de la relación.
Dice: ARTÍCULO 200.- [...] III. La persona con la que se tenga o haya tenido una relación sexoafectiva, [Párrafo Cuarto] Para efectos de este artículo, se entenderá que existe una relación sexoafectiva cuando entre la víctima y el sujeto activo exista o haya existido una relación de pareja de carácter íntimo o sexual, con independencia de la cohabitación o el reconocimiento jurídico de la relación