PABLO TREJO PÉREZ
PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA
Ley: LEY PARA LA IGUALDAD SUSTANTIVA ENTRE MUJERES Y HOMBRES DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Tipo: REFORMA
Nombre: CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY PARA LA IGUALDAD SUSTANTIVA ENTRE MUJERES Y HOMBRES DE LA CIUDAD DE MÉXICO, EN MATERIA DE ARMONIZACIÓN
Propuesta: Artículo 10.- La Política en materia de igualdad sustantiva que se desarrolle en todos los ámbitos de Gobierno en la Ciudad de México, deberá considerar los siguientes lineamientos: I. al VIII. … IX. Fomentar la observancia del principio de Igualdad Sustantiva entre mujeres y hombres en las relaciones entre particulares; y X. Promover la eliminación de estereotipos y prejuicios que menoscaben, limiten o impidan el ejercicio de algún derecho; X Bis. Fomentar el desarrollo, participación y reconocimiento de las mujeres en la vida deportiva, así como en las diferentes disciplinas que la integran; XI. Fomentar el desarrollo, participación y reconocimiento de las mujeres en la ciencia y en la tecnología, así como el desarrollo de investigadoras y científicas XII. Fomentar el desarrollo, participación y reconocimiento de las mujeres en las artes y la cultura; XIII. Fortalecer la participación de las mujeres en el desarrollo sostenible de las comunidades rurales, potenciando el ejercicio pleno de sus derechos en materia agraria y de acceso a los recursos naturales, reconociéndolas como actoras estratégicas en los procesos de planeación, organización y toma de decisiones comunitarias, y XIV. Fomentar la observancia del principio de corresponsabilidad social mediante la promoción y difusión de planes de conciliación laboral, familiar y de cuidados, tanto en instituciones públicas como privadas.
Dice: Artículo 10.- La Política en materia de igualdad sustantiva que se desarrolle en todos los ámbitos de Gobierno en la Ciudad de México, deberá considerar los siguientes lineamientos: I. al VIII. … IX. Fomentar la observancia del principio de Igualdad Sustantiva entre mujeres y hombres en las relaciones entre particulares; y X. Promover la eliminación de estereotipos y prejuicios que menoscaben, limiten o impidan el ejercicio de algún derecho. SIN CORRELATIVO XI. Fomentar la observancia del principio de corresponsabilidad social mediante la promoción y difusión de planes de conciliación laboral, familiar y de cuidados, tanto en instituciones públicas como privadas. SIN CORRELATIVO SIN CORRELATIVO SIN CORRELATIVO