MIRIAM SALDAÑA CHAIREZ
PARTIDO DEL TRABAJO
Ley: Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México
Tipo: REFORMA
Nombre: CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMA LA FRACCIÓN XVIII, DEL ARTÍCULO 15, DE LA LEY DE CULTURA CÍVICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Propuesta: ..Artículo 15.- … I. a XVII XVIII. Contribuir a generar un ambiente libre de contaminación visual, así como la originada por ruido, vibraciones, energía térmica, lumínica, olores, vapores o cualquier otro tipo de actividad que pueda ocasionar daños a la salud de personas expuestas, así como a la población, al ambiente o los elementos naturales, que altere la tranquilidad o represente un posible riesgo a la salud de terceros, trátese de vivienda de interés social, popular o residencial; XIX. a XXIII. …
Dice: Artículo 15.- La Cultura Cívica en la Ciudad de México, que garantiza la convivencia armónica de sus personas habitantes, se sustenta en los siguientes deberes ciudadanos: I. a XVII XVIII. Contribuir a generar un ambiente libre de contaminación auditiva que altere la tranquilidad o represente un posible riesgo a la salud de terceros, trátese de vivienda de interés social, popular o residencial; XIX. a XXIII. …