ERNESTO VILLARREAL CANTÚ
PARTIDO DEL TRABAJO
Ley: Ley para la Integración al Desarrollo de las Personas con Discapacidad de la Ciudad de México
Tipo: REFORMA
Nombre: Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 20 bis, y se adiciona un segundo párrafo al artículo 3, ambos de la Ley para la Integración al Desarrollo de las Personas con Discapacidad de la Ciudad de México, en materia de consulta e igualdad
Propuesta: En la elaboración y aplicación de legislación y políticas públicas necesarias para hacer efectiva la presente ley, y en otros procesos de adopción de decisiones sobre cuestiones relacionadas con las personas con discapacidad, el Congreso de la Ciudad de México, celebrará foros o mecanismos de consulta con las personas con discapacidad y las organizaciones que las representan. Artículo 20 Bis. - La Secretaría de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación de la Ciudad de México procurará la atención, en condiciones adecuadas, de los alumnos con discapacidad que ingresen a las escuelas inclusivas, debiendo para ello, en caso de que sea necesario, realizar los ajustes razonables para utilizar personal especializado, de conformidad con los principios de progresividad, accesibilidad e igualdad.
Dice: Artículo 3. La creación de las condiciones adecuadas para la plena integración al desarrollo de las personas con discapacidad, es una causa de interés público y por consecuencia además de la Administración Pública de la Ciudad de México, todos los sectores de la sociedad deberán participar activamente en el cumplimiento de la presente Ley, la cual establecerá las obligaciones y derechos que les corresponden. Sin correlativo Artículo 20 Bis. - La Secretaría de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación de la Ciudad de México procurará la atención, en condiciones adecuadas, de los alumnos con discapacidad que ingresen a las escuelas inclusivas, debiendo para ello, en caso de que sea necesario, realizar los ajustes razonables para utilizar personal especializado, de conformidad con el principio de progresividad.