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ALBERTO VANEGAS ARENAS

MOVIMIENTO DE REGENERACIÓN NACIONAL

Ley: LEY DE PUBLICIDAD EXTERIOR DE LA CIUDAD DE MÉXICO,

Tipo: REFORMA

Nombre: POYECTO DE DECRETO QUE POR EL QUE SE REFORMA EL ARTÍCULO 18 DE LA LEY DE PUBLICIDAD EXTERIOR DE LA CIUDAD DE MÉXICO, EN MATERIA DE MEDICIÓN DE EMISIONES LUMÍNICAS DE MEDIOS PUBLICITARIOS Y PROTECCIÓN DEL ENTORNO HABITACIONAL

Propuesta: Artículo 18. Estará permitida la instalación de medios publicitarios con iluminación, los cuales, preferentemente, deberán ser fabricados con materiales reciclables y sistemas ahorradores de energía, sin contener sustancias tóxicas o nocivas para la salud de las personas o el medio ambiente de conformidad con las Normas Oficiales Mexicanas y demás normativa aplicable. Asimismo, dichos medios publicitarios deberán cumplir con las siguientes características: I. a VIII. Para efectos de verificar el cumplimiento de los niveles de iluminación y luminosidad previstos en este artículo, la medición deberá considerar las condiciones de luminosidad ambiental, el horario de funcionamiento, la distancia respecto del medio publicitario y, cuando exista incidencia sobre inmuebles destinados a vivienda, el punto receptor de la emisión lumínica. Los criterios técnicos y la metodología para su medición se establecerán en el Reglamento. Los medios publicitarios con iluminación deberán operar de manera que se evite la incidencia directa de emisiones lumínicas excesivas hacia ventanas y espacios habitables de inmuebles destinados a vivienda, de conformidad con los límites previstos en esta Ley y demás disposiciones aplicables.

Dice: Artículo 18. Estará permitida la instalación de medios publicitarios con iluminación, los cuales, preferentemente, deberán ser fabricados con materiales reciclables y sistemas ahorradores de energía, sin contener sustancias tóxicas o nocivas para la salud de las personas o el medio ambiente de conformidad con las Normas Oficiales Mexicanas y demás normativa aplicable. Asimismo, dichos medios publicitarios deberán cumplir con las siguientes características: I. a VIII. Sin correlativo

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