ROYFID TORRES GONZÁLEZ
MOVIMIENTO CIUDADANO
Ley: LEY GENERAL DE EDUCACIÓN
Tipo: REFORMA
Nombre: PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMA LA LEY GENERAL DE EDUCACIÓN, EN MATERIA DE CONSEJOS TÉCNICOS ESCOLARES
Propuesta: Artículo 108. Para el proceso de mejora escolar, se constituirán Consejos Técnicos Escolares en los tipos de educación básica y media superior, como órganos colegiados de decisión técnico pedagógica de cada plantel educativo, los cuales tendrán a su cargo adoptar e implementar las decisiones para contribuir al máximo logro de aprendizaje de los educandos, el desarrollo de su pensamiento crítico y el fortalecimiento de los lazos entre escuela y comunidad. La Secretaría emitirá los lineamientos para su integración, operación y funcionamiento. Las sesiones que para tal efecto se programen, deberán desarrollarse mediante mecanismos que garanticen la continuidad del servicio educativo y de las actividades escolares dirigidas a las y los educandos, sin que, en ningún caso, impliquen la suspensión de clases, a fin de evitar la transferencia desproporcionada de las cargas de cuidado y acompañamiento a las familias, particularmente a las mujeres. Las sesiones se realizarán con pleno respeto a los derechos laborales del personal administrativo y docente, garantizando, en todo momento, condiciones que eviten la sobrecarga laboral. Para tal efecto, las autoridades educativas, en coordinación con otras dependencias y entidades federales y locales competentes, deberán implementar medidas de corresponsabilidad que permitan generar alternativas de acompañamiento y atención para niñas, niños y adolescentes, durante el desarrollo de las sesiones de los Consejos Técnicos Escolares, con el propósito de asegurar la continuidad de las actividades escolares y prevenir afectaciones al derecho a la educación de las y los educandos.
Dice: Artículo 108. Para el proceso de mejora escolar, se constituirán Consejos Técnicos Escolares en los tipos de educación básica y media superior, como órganos colegiados de decisión técnico pedagógica de cada plantel educativo, los cuales tendrán a su cargo adoptar e implementar las decisiones para contribuir al máximo logro de aprendizaje de los educandos, el desarrollo de su pensamiento crítico y el fortalecimiento de los lazos entre escuela y comunidad. La Secretaría emitirá los lineamientos para su integración, operación y funcionamiento. Las sesiones que, para tal efecto se programen, podrán ser ajustadas conforme a las necesidades del servicio educativo.