XOCHITL BRAVO ESPINOSA
MOVIMIENTO DE REGENERACIÓN NACIONAL
Ley: CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO III LEGISLATURA
Tipo: OTRA
Nombre: PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE EL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO III LEGISLATURA DECLARA EL 15 DE OCTUBRE DE CADA AÑO COMO EL DÍA DE LA CONCIENTIZACIÓN SOBRE EL DUELO GESTACIONAL, PERINATAL Y NEONATAL
Propuesta: FUNDAMENTO LEGAL La presenta declaratoria del 15 de octubre como el día de la concientización sobre el duelo gestacional, perinatal y neonatal se fundamenta jurídicamente en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 4° tercer párrafo: ART 4°.- La mujer y el hombre son iguales ante la ley. Ésta protegerá la organización y el desarrollo de las familias. El estado garantizará el goce y ejercicio del derecho a la igualdad sustantiva de las mujeres. Toda persona tiene derecho a la protección de la salud. La Ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la Federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de esta Constitución. La Ley definirá un sistema de salud para el bienestar, con el fin de garantizar la extensión progresiva, cuantitativa y cualitativa de los servicios de salud para la atención integral y gratuita de las personas que no cuenten con seguridad social. El artículo 4 garantiza el derecho a la salud en el cual se puede incluir el acompañamiento que deben tener primordialmente las mujeres, desde atención psicológica, servicios de atención integral, revisiones ginecológicas cuando pasan por un proceso de duelo por muerte perinatal, gestacional o neonatal. Conforme al marco jurídico de la Ciudad de México, la Constitución Política de la Ciudad de México en su artículo 9 Ciudad solidaria, fracción D. Derecho a la salud numeral 2: Las personas que residen en la Ciudad tienen derecho al acceso a un sistema de salud público local que tenga por objeto mejorar la calidad de la vida humana y su duración, la reducción de los riesgos a la salud, la morbilidad y la mortalidad. Asimismo, deberá incluir medidas de promoción de la salud, prevención, atención y rehabilitación de las enfermedades y discapacidades mediante la prestación de servicios médico-sanitarios universales, equitativos, gratuitos, seguros, de calidad y al alcance de todas las personas. Aquéllas con discapacidad tienen derecho a la rehabilitación integral de calidad. VII. ORDEAMIENTO A MODIFICAR La presente iniciativa no presenta una modificación a un ordenamiento particular por tratarse de la declaración de un día de la Ciudad de México en honor a las mujeres que han vivido un proceso de duelo perinatal, gestacional o neonatal. Se declara para la Ciudad de México, el 15 de octubre de cada año como el día de la concientización sobre el duelo gestacional, perinatal y neonatal TEXTO NORMATIVO PROPUESTO. En virtud de lo anteriormente expuesto, se propone el siguiente proyecto de Decreto: EL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, III LEGISLATURA DECRETA: ÚNICO. - Se declara el 15 de octubre de cada año como el día de la concientización sobre el duelo gestacional, perinatal y neonatal, para reconocer la importancia de brindar acompañamiento y cuidados a las mujeres que han padecido la pérdida de una hija o hijo; además de visibilizar estos procesos que se viven en aislamiento por estigmas que existen principalmente hacia las mujeres.
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