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ERNESTO VILLARREAL CANTÚ

PARTIDO DEL TRABAJO

Ley: LEY PARA PREVENIR Y ELIMINAR LA DISCRIMINACIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO,

Tipo: ADICION

Nombre: PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE ADICIONA UNA FRACCIÓN VIII BIS AL ARTÍCULO 7 DE LA LEY PARA PREVENIR Y ELIMINAR LA DISCRIMINACIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO, EN MATERIA DE DIFERENCIACIÓN LEGÍTIMA POR RAZÓN DE EDAD;

Propuesta: Artículo 7.- No se considerarán hechos, acciones, omisiones o prácticas discriminatorias, las siguientes: I a VIII. … VIII Bis. El trato diferenciado por razón de edad cuando ésta constituya un requisito expresamente previsto en una disposición constitucional o legal, siempre que dicho requisito resulte objetivo, razonable y proporcional a la naturaleza de la función, actividad o derecho de que se trate; y IX. …

Dice: Artículo 7.- No se considerarán hechos, acciones, omisiones o prácticas discriminatorias, las siguientes: I a VIII. … Sin correlativo. IX. …

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