ERNESTO VILLARREAL CANTÚ
PARTIDO DEL TRABAJO
Ley: LEY PARA PREVENIR Y ELIMINAR LA DISCRIMINACIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO,
Tipo: ADICION
Nombre: PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE ADICIONA UNA FRACCIÓN VIII BIS AL ARTÍCULO 7 DE LA LEY PARA PREVENIR Y ELIMINAR LA DISCRIMINACIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO, EN MATERIA DE DIFERENCIACIÓN LEGÍTIMA POR RAZÓN DE EDAD;
Propuesta: Artículo 7.- No se considerarán hechos, acciones, omisiones o prácticas discriminatorias, las siguientes: I a VIII. … VIII Bis. El trato diferenciado por razón de edad cuando ésta constituya un requisito expresamente previsto en una disposición constitucional o legal, siempre que dicho requisito resulte objetivo, razonable y proporcional a la naturaleza de la función, actividad o derecho de que se trate; y IX. …
Dice: Artículo 7.- No se considerarán hechos, acciones, omisiones o prácticas discriminatorias, las siguientes: I a VIII. … Sin correlativo. IX. …