REBECA PERALTA LEÓN
PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO
Ley: LEY DE LOS DERECHOS CULTURALES DE LOS HABITANTES Y VISITANTES DE LA CIUDAD DE MÉXICO,
Tipo: REFORMA
Nombre: LEY POR LA QUE SE REFORMAN LAS FRACCIONES XI Y XII, Y SE ADICIONA UNA FRACCIÓN XIII AL ARTÍCULO 36 DE LA LEY DE LOS DERECHOS CULTURALES DE LOS HABITANTES Y VISITANTES DE LA CIUDAD DE MÉXICO,
Propuesta: ARTÍCULO 36. (…) I. al X. (…) XI. En el apoyo a la creación, ampliación, remodelación y acondicionamiento de los inmuebles destinados a las actividades culturales y artísticas. Asimismo, promoverá su uso adecuado a través de programas culturales específicos, acordes con la vocación del espacio; XII. En la protección y defensa de los derechos culturales queda prohibida toda forma de discriminación por causa de género, ideologías, creencias, militancias políticas, preferencias sexuales, pertenencia a minorías étnicas, idioma o cualquiera otra forma de identidad; y XIII. En la implementación del Programa Cultural Permanente “Raíces Afro”, a cargo de la Secretaría, mediante una programación anual de actividades culturales, artísticas, educativas y de difusión que promuevan el conocimiento, reconocimiento, preservación y visibilización de las expresiones, manifestaciones y aportaciones históricas, culturales y sociales de las personas, pueblos y comunidades afromexicanas y afrodescendientes en la Ciudad de México.
Dice: ARTÍCULO 36. (…) I. al X. (…) XI. En el apoyo a la creación, ampliación, remodelación y acondicionamiento de los inmuebles destinados a las actividades culturales y artísticas. Asimismo, promoverá su uso adecuado a través de programas culturales específicos, acordes con la vocación del espacio; y XII. En la protección y defensa de los derechos culturales queda prohibida toda forma de discriminación por causa de género, ideologías, creencias, militancias políticas, preferencias sexuales, pertenencia a minorías étnicas, idioma o cualquiera otra forma de identidad. SIN CORRELATIVO…