NORA DEL CARMEN BARBARA ARIAS CONTRERAS
PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA
Ley: LEY ORGÁNICA DE ALCALDÍAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Tipo: ADICION
Nombre: PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE ADICIONA UNA FRACCIÓN AL ARTÍCULO 22, DE LA LEY ORGÁNICA DE ALCALDÍAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO, EN MATERIA DE FORMACIÓN Y PROFESIONALIZACIÓN EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LAS ALCALDESAS Y ALCALDES DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Propuesta: Artículo 22. Para ser Alcaldesa o Alcalde se requiere: I. … II. … III. … IV. … V. … VI. Las personas titulares que hayan sido electas en su respectiva demarcación territorial y previo a la toma de protesta ante el Congreso Local, deberán tomar una capacitación de inducción a la Administración Pública Local, cuya finalidad sea la de dotar de herramientas y conocimientos básicos que requieren las autoridades locales, para el desempeño de una gestión que se apegue a los principios basados en la honestidad, transparencia, rendición de cuentas, integridad pública, sustentabilidad, atención, participación ciudadana, eficiencia y eficacia en el servicio público.
Dice: Artículo 22. Para ser Alcaldesa o Alcalde se requiere: I. … II. … III. … IV. … V. … SIN CORRELATIVO