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JUDITH VANEGAS TAPIA

MOVIMIENTO DE REGENERACIÓN NACIONAL

Ley: CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, III LEGISLATURA, DECLARA EL 14 DE JUNIO DE CADA AÑO COMO EL "DÍA DE LA DONACIÓN ALTRUISTA DE SANGRE EN LA CIUDAD DE MÉXICO"

Tipo: OTRA

Nombre: CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE EL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, III LEGISLATURA, DECLARA EL 14 DE JUNIO DE CADA AÑO COMO EL "DÍA DE LA DONACIÓN ALTRUISTA DE SANGRE EN LA CIUDAD DE MÉXICO", CON EL OBJETO DE RECONOCER A LAS PERSONAS DONADORAS ALTRUISTAS, FOMENTAR LA CULTURA DE LA DONACIÓN VOLUNTARIA Y PROMOVER ACCIONES ANUALES DE INFORMACIÓN, SENSIBILIZACIÓN Y PARTICIPACIÓN SOCIAL EN FAVOR DE LA DISPONIBILIDAD DE SANGRE SEGURA; SUSCRITA POR LA

Propuesta: Ley General de Salud La Ley General de Salud reglamenta el derecho a la protección de la salud previsto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y establece las bases para la organización del Sistema Nacional de Salud, así como las atribuciones de las autoridades sanitarias en materia de donación y disposición de sangre. Artículo 313, fracción III. Corresponde a la Secretaría de Salud establecer y dirigir las políticas en salud en materia de donación, procuración y trasplantes de órganos, tejidos, células troncales, así como de la disposición de sangre, productos sanguíneos y hemoderivados. La presente iniciativa es congruente con esta disposición al promover acciones permanentes orientadas a fortalecer la cultura de la donación altruista de sangre como parte de las políticas públicas en materia de salud. Artículo 313, fracción V. Corresponde a la Secretaría de Salud elaborar y llevar a cabo, en coordinación con las instituciones públicas del Sistema Nacional de Salud y con los gobiernos de las entidades federativas, campañas permanentes de concientización sobre la importancia de la donación de órganos, tejidos y células troncales para fines de trasplantes, así como de sangre y productos sanguíneos para efectos de transfusiones y otros usos terapéuticos. La declaración del "Día de la Donación Altruista de Sangre en la Ciudad de México" fortalece este mandato legal al impulsar una fecha oficial destinada a promover campañas permanentes de información, sensibilización y participación social sobre la importancia de la donación voluntaria y altruista de sangre. Norma Oficial Mexicana NOM-253-SSA1-2012 La Norma Oficial Mexicana NOM-253-SSA1-2012 establece los criterios sanitarios para la disposición de sangre humana y sus componentes, así como las obligaciones de las instituciones de salud para brindar información adecuada a las personas donantes. Numeral 5.2.1. Establece que, antes de cada donación de sangre o de componentes sanguíneos, los bancos de sangre deberán proporcionar a las personas candidatas información oral y escrita, precisa y en lenguaje comprensible. La presente iniciativa es congruente con este numeral, ya que busca fortalecer las acciones permanentes de información, sensibilización y educación dirigidas a fomentar la donación altruista de sangre entre la población de la Ciudad de México.

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