BRENDA FABIOLA RUÍZ AGUILAR
MOVIMIENTO DE REGENERACIÓN NACIONAL
Ley: LEY CONSTITUCIONAL DE DERECHOS HUMANOS Y SUS GARANTÍAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Tipo: REFORMA
Nombre: SE REFORMA LA LEY CONSTITUCIONAL DE DERECHOS HUMANOS Y SUS GARANTÍAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO, EN MATERIA DE RESPUESTA INSTITUCIONAL INMEDIATA PARA LA PROTECCIÓN DE PERSONAS DEFENSORAS DE DERECHOS HUMANOS Y DEL EJERCICIO DE LOS DERECHOS HUMANOS
Propuesta: Artículo 108. Los poderes públicos de la Ciudad de México, las Alcaldías, los organismos autónomos y organismos descentralizados en el ámbito de sus respectivas competencias y atribuciones, tienen las siguientes obligaciones en materia de derechos: 1. a 11. … 11 Bis. Establecer una respuesta institucional inmediata cuando tengan conocimiento, por cualquier medio, de hechos o situaciones que puedan poner en riesgo la vida, integridad, libertad o seguridad de las personas
Dice: Artículo 108. Los poderes públicos de la Ciudad de México, las Alcaldías, los organismos autónomos y organismos descentralizados en el ámbito de sus respectivas competencias y atribuciones, tienen las siguientes obligaciones en materia de derechos: 1. a 11. … Sin correlativo