LUISA FERNANDA LEDESMA ALPIZAR
MOVIMIENTO CIUDADANO
Ley: CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Tipo: ADICION
Nombre: PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE ADICIONA UN SEGUNDO PÁRRAFO AL APARTADO E DEL ARTÍCULO 11 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, EN MATERIA DE PROTECCIÓN REFORZADA DE LA SALUD MENTAL DE LAS PERSONAS JÓVENES
Propuesta: Artículo 11.- CIUDAD INCLUYENTE A. … B. … C. … D. … E. Las personas jóvenes son titulares de derechos y tendrán la protección de la ley para participar en la vida pública y en la planeación y desarrollo de la Ciudad. Las autoridades adoptarán medidas para garantizar el pleno ejercicio de sus derechos, particular a la identidad individual y colectiva, al libre desarrollo de su personalidad, a la autonomía, independencia y emancipación; a la participación política, económica, social, ambiental y cultural, y a la educación, al trabajo digno y a la vivienda. En razón de lo anterior se reconocerá el diverso y heterogéneo de las personas jóvenes, así como sus necesidades específicas. Las personas jóvenes tienen derecho a una protección reforzada de su salud mental. Las autoridades adoptarán medidas para promover su bienestar psicoemocional y desarrollo integral, prevenir y detectar oportunamente las afectaciones a la salud menta y garantizar el acceso a servicios adecuados, accesibles, oportunos y de calidad, libres de estigma y discriminación, con respeto a su dignidad, autonomía y libre desarrollo de la personalidad.
Dice: Artículo 11.- CIUDAD INCLUYENTE A. … B. … C. … D. … E. Las personas jóvenes son titulares de derechos y tendrán la protección de la ley para participar en la vida pública y en la planeación y desarrollo de la Ciudad Las autoridades adoptarán medidas para garantizar el pleno ejercicio de sus derechos, particular a la identidad individual y colectiva, al libre desarrollo de su personalidad, a la autonomía, independencia y emancipación; a la participación política, económica, social, ambiental y cultural, y a la educación, al trabajo digno y a la vivienda. En razón de lo anterior se reconocerá el diverso y heterogéneo de las personas jóvenes, así como sus necesidades específicas.