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TANIA NANETTE LARIOS PÉREZ

PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL

Ley: LEY DE MOVILIDAD DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Tipo: ADICION

Nombre: PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES A LA LEY DE MOVILIDAD DE LA CIUDAD DE MÉXICO, EN MATERIA DE CONTINUIDAD DEL SERVICIO ORDINARIO DE TRANSPORTE PÚBLICO DURANTE LA IMPLEMENTACIÓN DE SERVICIOS ESPECIALES DERIVADOS DE EVENTOS MASIVOS

Propuesta: Artículo 12. La Secretaría tendrá las siguientes atribuciones: I. a LXV.... LXVI. Garantizar que, durante la implementación de servicios especiales, temporales o extraordinarios de transporte público, con motivo de eventos masivos, deportivos, culturales, turísticos o de cualquier otra naturaleza, se preserve en todo momento la continuidad, cobertura, frecuencia, accesibilidad y calidad del servicio ordinario, privilegiando el derecho a la movilidad de todas las personas usuarias, conforme a la jerarquía de movilidad. Artículo 41. El Programa Integra! de Movilidad debe contener como mínimo: 1.... II. ... III. Las estrategias, acciones y metas para: a) a k)... I) Establecer protocolos y acciones para garantizar ¡a continuidad, cobertura y calidad del servicio ordinario de transporte público durante la implementación de servicios especiales, temporales o extraordinarios derivados de eventos masivos, deportivos, culturales, turísticos o de cualquier otra naturaleza, privilegiando en todo momento el derecho a la movilidad de las personas usuarias. Artículo 80. La prestación del servicio público de transporte debe realizarse de forma regular, continua, uniforme, permanente y en las mejores condiciones de seguridad, comodidad, higiene y eficiencia. La Administración Pública debe realizar las acciones necesarias que permitan que en los sistemas de transporte público existan las condiciones de diseño universal y se eviten actos de discriminación. Los prestadores del servicio público de transporte de pasajeros y de carga, están obligados a otorgar e! servicio a cualquier persona, evitando cualquier tipo de acto o conducta discriminatoria. Únicamente podrán negar el servicio por causas justificadas de acuerdo a lo establecido en el Reglamento. La implementación de servicios especiales, temporales o extraordinarios con motivo de eventos masivos, deportivos, culturales, turísticos o de cualquier otra naturaleza deberá garantizar en todo momento la continuidad, cobertura, frecuencia, accesibilidad y calidad del servicio ordinario de transporte público, sin restringir ni condicionar el acceso de las personas usuarias a dicho servicio. Los recursos públicos obtenidos con motivo de la implementacíón de estos servicios serán destinados a compensar los impactos negativos generados en las colonias a través de obras y proyectos urbanos, tales como banquetas, parques, cruces peatonales y alumbrado. La elección de estas obras se realiza a través de comités de transparencia formados por vecinos. En los casos en que ¡as autoridades competentes emitan la declaratoria de emergencia y/o contingencia, la Administración Pública, ordenará la impiementación de medidas preventivas y emergentes en el servicio de transporte público, a efecto de garantizar la prestación del servicio.

Dice: Artículo 12. La Secretaría tendrá las siguientes atribuciones: i. a LXV.... SIN CORRELATIVO Artículo 41. El Programa Integral de Movilidad debe contener como mínimo: 1.... II..., III. Las estrategias, acciones y metas para: a) a k)... SIN CORRELATIVO Artículo 80. La prestación del servicio público de transporte debe realizarse de forma regular, continua, uniforme, permanente y en las mejores condiciones de seguridad, comodidad, higiene y eficiencia. La Administración Pública debe realizar las acciones necesarias que permitan que en los sistemas de transporte público existan las condiciones de diseño universal y se eviten actos de discriminación. Los prestadores del servicio público de transporte de pasajeros y de carga, están obligados a otorgar el servicio a cualquier persona, evitando cualquier tipo de acto o conducta discriminatoria. Únicamente podrán negar el servicio por causas justificadas de acuerdo a lo establecido en el Reglamento. SfN CORRELATIVO En ios casos en que las autoridades competentes emitan la declaratoria de emergencia y/o contingencia, la Administración Pública, ordenará la implementación de medidas preventivas y emergentes en el servicio de transporte público, a efecto de garantizar la prestación del servicio.

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