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ALBERTO MARTÍNEZ URINCHO

MOVIMIENTO DE REGENERACIÓN NACIONAL

Ley: CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Tipo: REFORMA

Nombre: PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN, DEROGAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, EN MATERIA DE REFORMA AL PODER JUDICIAL

Propuesta: ARTÍCULO 29 DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO A. a C. … D. De las competencias del Congreso de la Ciudad de México. … a) a q) … r) Con relacio n a la eleccio n de personas titulares de magistraturas y juzgados integrantes del Poder Judicial de la Ciudad de Me xico: I. … II. Publicar la convocatoria para la integración del listado de candidaturas a más tardar el 30 de abril del año anterior al de la elección judicial que corresponda, que contendrá las etapas completas del procedimiento, sus fechas, plazos improrrogables y los cargos a elegir. La Presidencia del Órgano de Administración Judicial hará del conocimiento del Congreso de la Ciudad de México los cargos sujetos a elección, la especialización por materia y demás información que se requiera; III Integrar el Comite de Evaluacio n del Poder Legislativo en términos de lo previsto por esta Constitución; IV Recibir las candidaturas del Poder Ejecutivo, del Poder Judicial, integrar las del poder legislativo y remitirlas al Instituto Electoral de la Ciudad de Me xico en los plazos que refiera la convocatoria; y V. Otorgar o negar las solicitudes de licencia o separacio n definitiva de las personas juzgadoras del Poder Judicial en los te rminos que establezcan la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, esta Constitución y las leyes; s) … E. … 1. a 8. … ARTÍCULO 31 DE LA COMISIÓN PERMANENTE 1. a 5. … 6. La Comisión Permanente tiene competencia para otorgar o negar las solicitudes de licencia o separación definitiva de las personas juzgadoras del Poder Judicial en los términos que establezcan la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, esta Constitución y las leyes, durante los periodos de receso. ARTÍCULO 32 DE LA JEFATURA DE GOBIERNO A. a B. … C. De las Competencias 1. La persona titular de la Jefatura de Gobierno tiene las siguientes competencias: a) a e) … f) Con relacio n a la eleccio n de personas integrantes del Poder Judicial: I. … II. Integrar el Comite de Evaluacio n para el Proceso de Seleccio n de personas candidatas del poder judicial, en términos de lo previsto por esta Constitución; III. … g) a r) 2. a 3. D. … 1. a 7. … ARTÍCULO 35 DEL PODER JUDICIAL A. … … a) b) … … B. De su integración y funcionamiento 1. a 8. … 9. Las licencias de las personas magistradas o juezas, cuando no excedan de un mes, podrán ser concedidas por el Órgano de Administración Judicial y será el Pleno del Tribunal de Disciplina Judicial quien las conceda para el caso de sus Magistradas y Magistrados. Las licencias que excedan de este tiempo deberán justificarse y podrán concederse sin goce de sueldo por la mayoría de los miembros presentes del Congreso o, en sus recesos, por la Comisión Permanente, para el caso de Magistradas y Magistrados del Tribunal de Disciplina Judicial y por el Órgano de Administración Judicial para el caso de Magistradas, Magistrados, Juezas y Jueces. Ninguna licencia podrá exceder del término de un año. 10. Cuando la falta de una Magistrada o Magistrado del Tribunal de Disciplina Judicial

Dice: ARTÍCULO 29 DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO A. a C. … D. De las competencias del Congreso de la Ciudad de México. … a) a q) … r) Con relacio n a la eleccio n de personas titulares de magistraturas y juzgados integrantes del Poder Judicial de la Ciudad de Me xico: I…. II Emitir la convocatoria para la integracio n de las candidaturas de Poder Judicial Local; III Integrar el Comite de Evaluacio n del Poder Legislativo; IV Recibir las candidaturas del Poder Ejecutivo, del Poder Judicial, integrar las del poder legislativo y remitirlas Me xico; y V. Otorgar o negar las solicitudes de licencia o separacio n definitiva de las personas servidoras pu blicas del Poder Judicial en los te rminos que establezcan las leyes; s) … E. … 1. a 8. … ARTÍCULO 31 DE LA COMISIÓN PERMANENTE 1. a 5. … 6. SIN CORRELATIVO ARTÍCULO 32 DE LA JEFATURA DE GOBIERNO A. a B. … C. De las Competencias 1. La persona titular de la Jefatura de Gobierno tiene las siguientes competencias: a) a e) … f) Con relacio n a la eleccio n de personas integrantes del Poder Judicial: I Nombrar una persona integrante del O rgano de Administracio n del Poder Judicial; II. Integrar el Comite de Evaluacio n para el Proceso de Seleccio n de personas candidatas del poder judicial; III. … g) a r) 2. a 3. D. … 1. a 7. … ARTÍCULO 35 DEL PODER JUDICIAL A. … … a) b) … … B. De su integración y funcionamiento 1. a 8. … 9. Las licencias de las personas magistradas o juezas, cuando no excedan de un mes, podrán ser concedidas por el Órgano de Administración Judicial; para el caso de Magistradas o Magistrados, esto se hará por el Pleno del Tribunal de Disciplina Judicial para el caso de sus integrantes; y será el Pleno del Tribunal Electoral quien las conceda para el caso de Magistradas y Magistrados Electorales. Las licencias que excedan de este tiempo deberán justificarse y podrán concederse sin goce de sueldo por la mayoría de los miembros presentes del Congreso o, en sus recesos, por la Comisión Permanente. Ninguna licencia podrá exceder del término de un año. 10. Cuando la falta de una Magistrada, Magistrado, Jueza o Juez excediere de un mes sin licencia o dicha falta se deba a su defunción, o

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