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ILIANA IVON SÁNCHEZ CHÁVEZ

MOVIMIENTO DE REGENERACIÓN NACIONAL

Ley: LEY DE ESTABLECIMIENTOS MERCANTILES PARA LA CIUDAD DE MÉXICO;

Tipo: ADICION

Nombre: PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE ADICIONA UN PÁRRAFO A LA FRACCIÓN I, SE ADICIONA LA FRACCIÓN I BIS DEL ARTÍCULO 23, Y SE REFORMA EL ARTÍCULO 64 DE LA LEY DE ESTABLECIMIENTOS MERCANTILES PARA LA CIUDAD DE MÉXICO;

Propuesta: Artículo 23.- … I. Exhibir en lugar visible para el público, con caracteres legibles, la tarifa de hospedaje, horario de vencimiento del servicio, la tarifa de los giros autorizados; identificar de conformidad con lo señalado en la Ley de Protección a la Salud de los No Fumadores vigente en la Ciudad de México las áreas destinadas a los fumadores, y el aviso de que cuenta con caja de seguridad para la guarda de valores. Asimismo, deberán contar con un sitio oficial de internet o con una plataforma digital propia, en la que se publique y mantenga permanentemente actualizada la información de referencia, garantizando su visibilidad, accesibilidad y disponibilidad para consulta del público en general; I. Bis. Mantener de manera permanente, visible y actualizada en el acceso principal y en el área de recepción del establecimiento mercantil, la información relativa a la disponibilidad de habitaciones para hospedaje, especificando el número de habitaciones disponibles por categoría. La información señalada en la presente fracción deberá presentarse mediante medios físicos y electrónicos y, actualizarse en tiempo real conforme a la ocupación del establecimiento; II. a la VIII. … Artículo 64.- Se sancionará con el equivalente de 25 a 125 veces la Unidad de Medida y Actualización vigente, el incumplimiento de las obligaciones contempladas o el incurrir en las prohibiciones que señalan los artículos 10 apartado A fracciones VIII, IX inciso a) y XV, y; 10 apartado B fracción I; 11 fracción VIII; 15 fracciones I, II y IV; 23 fracciones I, VI y VII; 28 párrafos primero, segundo, cuarto y quinto; 40 fracciones II y III; 42 fracciones I y II; 43 fracciones II, IV, V, VI, VII y VIII; 45; 56 fracciones IV, V, VI y VIII, y 57 de la presente Ley

Dice: Artículo 23.-… I. Exhibir en lugar visible para el público, con caracteres legibles, la tarifa de hospedaje, horario de vencimiento del servicio, la tarifa de los giros autorizados; identificar de conformidad con lo señalado en la Ley de Protección a la Salud de los No Fumadores vigente en la Ciudad de México las áreas destinadas a los fumadores, y el aviso de que cuenta con caja de seguridad para la guarda de valores; Sin correlativo Sin correlativo II. a la VIII. … Artículo 64.- Se sancionará con el equivalente de 25 a 125 veces la Unidad de Medida y Actualización vigente, el incumplimiento de las obligaciones contempladas o el incurrir en las prohibiciones que señalan los artículos 10 apartado A fracciones VIII, IX inciso a) y XV, y; 10 apartado B fracción I; 11 fracción VIII; 15 fracciones I, II y IV; 23 fracciones I, VI y VII; 28 párrafos primero, segundo, cuarto y quinto; 40 fracciones II y III; 42 fracciones I y II; 43 fracciones II, IV, V, VI, VII y VIII; 45; 56 fracciones IV, V, VI y VIII, y 57 de la presente Ley

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