JUAN ESTUARDO RUBIO GUALITO
MOVIMIENTO DE REGENERACIÓN NACIONAL
Ley: LEY FEDERAL DEL TRABAJO
Tipo: REFORMA
Nombre: PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO, EN MATERIA DE LIBERTAD SINDICAL, NEGOCIACIÓN COLECTIVA Y FORTALECIMIENTO DE LAS AUTORIDADES LABORALES
Propuesta: Artículo 133.- Queda prohibido a las personas empleadoras o a sus representantes: I. a XVII Bis. ... XVIII. Realizar cualquier acto que sujete el empleo de una persona trabajadora a formar o no parte de un sindicato, se le rescinda la relación de trabajo o se le perjudique de cualquier otra forma a causa de su afiliación sindical o su participación en actividades sindicales, y XIX. Las demás que establezca esta Ley Artículo 373.- … … … … … … … El trabajador también podrá acudir a la Autoridad Registral para denunciar la omisión anterior a fin de que dicha autoridad requiera al sindicato la entrega de la información de la administración del patrimonio sindical completa, apercibiendo a los secretarios general y de finanzas u homólogos que, en caso de incumplir esta obligación, se les impondrá una multa en términos del artículo 1002 de esta Ley. … Artículo 378.- Queda prohibido a los sindicatos: I. a VI. ... VII. Obstaculizar la participación de los trabajadores en los procedimientos de democracia sindical señalados en esta Ley, que tienen por objeto asegurar la libertad sindical y de negociación colectiva, así como los legítimos intereses de trabajadores y patrones mediante el ejercicio del voto personal, libre, directo y secreto, poniendo condiciones sin fundamento legal o cualquier tipo de obstáculo indebido para ejercer el derecho de votar y ser votado; VIII. ... Sin perjuicio de la imposición de sanciones previstas en esta Ley por incumplir lo anterior, se consideran como violación a derechos fundamentales a la libertad sindical y de negociación colectiva las hipótesis contenidas en las fracciones IV, VI y VII del presente artículo Artículo 685 Ter.- Quedan exceptuados de agotar la instancia conciliatoria, cuando se trate de conflictos inherentes a: I. a II. ... III. Prestaciones de seguridad social por riesgos de trabajo, maternidad, enfermedades, invalidez, cesantía, vejez, vida, guarderías, prestaciones en especie, accidentes de trabajo y todas las derivadas de los diversos seguros y pensiones que componen el régimen obligatorio del Seguro Social; así como las concernientes a la devolución de fondos para el retiro y de vivienda. IV. a VI. ... Artículo 994.- Se impondrá multa, por el equivalente a: I. a V. ... VI. De 250 a 5000 Unidades de Medida y Actualización, al patrón que cometa cualquier acto o conducta discriminatoria en el centro de trabajo; al que realice actos de hostigamiento sexual o que tolere o permita actos de acoso u hostigamiento sexual en contra de sus trabajadores, así como al que viole las prohibiciones establecidas en las fracciones IV, V, XVII y XVIII del artículo 133, o lo dispuesto en el artículo 357, segundo y tercer párrafo de ésta; VII. a VIII. ... Artículo 1008.- Las sanciones administrativas de que trata este Título serán impuestas, en su caso, por el Secretario del Trabajo y Previsión Social, el Titular del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, por los Gobernadores de los Estados o por el Jefe de Gobierno de la Ciudad de México, quienes podrán delegar el ejercicio de esta facultad en los funcionarios subordinados que estimen conveniente, mediante acuerdo que se publique en el periódico oficial que corresponda.
Dice: Artículo 133.- Queda prohibido a las personas empleadoras o a sus representantes: I. a XVII Bis. ... SIN CORRELATIVO XVIII. Las demás que establezca esta Ley. Artículo 373.- … … … … … … … El trabajador también podrá acudir a la Autoridad Registral para denunciar la omisión anterior a fin de que dicha autoridad requiera al sindicato la entrega de la información de la administración del patrimonio sindical completa, apercibiendo a los secretarios general y de finanzas u homólogos en términos del artículo 731 de esta Ley. … Artículo 378.- Queda prohibido a los sindicatos: I. a VI. ... VII. Obstaculizar la participación de los trabajadores en los procedimientos de elección de sus directivas sindicales, poniendo condiciones sin fundamento legal o cualquier tipo de obstáculo indebido para ejercer el derecho de votar y ser votado, y VIII. ... Se consideran como violación a derechos fundamentales a la libertad sindical y de negociación colectiva las hipótesis contenidas en las fracciones IV, VI y VII del presente artículo. Artículo 685 Ter.- Quedan exceptuados de agotar la instancia conciliatoria, cuando se trate de conflictos inherentes a: I. a II. ... III. Prestaciones de seguridad social por riesgos de trabajo, maternidad, enfermedades, invalidez, vida, guarderías y prestaciones en especie y accidentes de trabajo; IV. a VI. ... Artículo 994.- Se impondrá multa, por el equivalente a: I. a V. ... VI. De 250 a 5000 Unidades de Medida y Actualización, al patrón que cometa cualquier acto o conducta discriminatoria en el centro de trabajo; al que realice actos de hostigamiento sexual o que tolere o permita actos de acoso u hostigamiento sexual en contra de sus trabajadores, así como al que viole las prohibiciones establecidas en las fracciones IV y V del artículo 133 de la Ley, o lo dispuesto en el artículo 357, segundo y tercer párrafo de ésta; VII. a VIII. ... Artículo 1008.- Las sanciones administrativas de que trata este Título serán impuestas, en su caso, por el Secretario del Trabajo y Previsión Social, por los Gobernadores de los Estados o por el Jefe de Gobierno de la Ciudad de México, quienes podrán delegar el ejercicio de esta facultad en los funcionarios subordinados que estimen conveniente, mediante acuerdo que se publique en el periódico oficial que corresponda.