VICTOR HUGO LOBO RODRÍGUEZ
MOVIMIENTO DE REGENERACIÓN NACIONAL
Ley: LEY ORGÁNICA DEL PODER EJECUTIVO Y DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Tipo: ADICION
Nombre: PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE ADICIONA UN PÁRRAFO A LA FRACCIÓN IX DEL ARTÍCULO 28 DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER EJECUTIVO Y DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, EN MATERIA DE CONTRALORÍA CIUDADANA
Propuesta: Artículo 28. A la Secretaría de la Contraloría General le corresponde el despacho de las materias relativas al control interno, auditoría, evaluación gubernamental; así como prevenir, investigar, substanciar y sancionar las faltas administrativas en el ámbito de la Administración Pública de la Ciudad y de las Alcaldías; de acuerdo a las leyes correspondientes: I. a VIII. … IX. Nombrar conforme a la normatividad aplicable a los contralores ciudadanos que coadyuvarán en los procesos de fiscalización y emitir los lineamientos para su actuación; En el caso de la Contraloría Ciudadana de la Secretaría de Gestión Integral del Agua, la Contraloría Ciudadana deberá estar integrada por usuarios y especialistas; X. a XLVIII. …
Dice: Artículo 28. A la Secretaría de la Contraloría General le corresponde el despacho de las materias relativas al control interno, auditoría, evaluación gubernamental; así como prevenir, investigar, substanciar y sancionar las faltas administrativas en el ámbito de la Administración Pública de la Ciudad y de las Alcaldías; de acuerdo a las leyes correspondientes: I. a VIII. … IX. Nombrar conforme a la normatividad aplicable a los contralores ciudadanos que coadyuvarán en los procesos de fiscalización y emitir los lineamientos para su actuación; Sin correlativo X. a XLVIII. …