ANA LUISA BUENDIA GARCÍA
MOVIMIENTO DE REGENERACIÓN NACIONAL
Ley: LEY DE EDUCACIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Tipo: REFORMA
Nombre: PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMA LA FRACCIÓN XI DEL ARTÍCULO 9; Y SE ADICIONA UN PÁRRAFO SEGUNDO AL ARTÍCULO 64 DE LA LEY DE EDUCACIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO, EN MATERIA DE EXCESO DE TAREAS ESCOLARES
Propuesta: Artículo 9.- … I. a la X. … XI. Vigilar que los materiales y métodos educativos, la extensión de las actividades de aprendizaje, la organización escolar y la infraestructura física sean adaptables a las condiciones y contextos específicos de los educandos, respetando la adecuada utilización de su tiempo libre, asegurando su desarrollo progresivo e integral, conforme a las capacidades y habilidades personales; XII. a la XXXIX. … Artículo 64.- … En el desarrollo de las actividades de aprendizaje, se priorizará el aprovechamiento académico durante la jornada escolar. Dichas actividades deberán ser https://app.con-certeza.mx/info/6a04e5942752800746332707 proporcionales, fomentar la autonomía del educando y respetar la adecuada utilización de su tiempo libre.
Dice: Artículo 9.- De conformidad con la Constitución Federal, la Constitución Local, la Ley General y la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México, la Secretaría tendrá las siguientes atribuciones: I. a la X. … XI. Vigilar que los materiales y métodos educativos, la organización escolar y la infraestructura física sean adaptables a las condiciones y contextos específicos de los educandos asegurando su desarrollo progresivo e integral, conforme a las capacidades y habilidades personales; XII. a la XXXIX. … Artículo 64.- Para el mejor desempeño de sus funciones, las personas educadoras deberán propiciar actividades de aprendizaje que permitan el mayor aprovechamiento de los educandos y desarrollar actividades del calendario cívico escolar, fomentando los fines y propósitos educativos establecidos en la Constitución Federal, la Constitución Local, la Ley General y en la presente Ley.