PABLO TREJO PÉREZ
PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA
Ley: LEY DE FOMENTO CULTURAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Tipo: ADICION
Nombre: PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES A LA LEY DE FOMENTO CULTURAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO, EN MATERIA DE COCINA TRADICIONA
Propuesta: Artículo 4. Para los efectos de la presente Ley se entenderá como: I al III. … III Bis. Cocina Tradicional: se refiere al modelo cultural alimentario que expresa la continuidad histórica y la diversidad de la Ciudad de México, caracterizada por el uso de productos e ingredientes originarios de la región y técnicas artesanales propias de su entorno geográfico y social. Se reconoce como un bien cultural dinámico cuya titularidad reside en las comunidades que la preservan como elemento de cohesión social y pertenencia; Artículo 5. Para el cumplimento de la presente Ley, las autoridades en materia cultural tienen la obligación de desarrollar y observar los objetivos siguientes: I al XVII. … XVII Bis. La salvaguardia, protección y fomento de la cocina tradicional;
Dice: Artículo 4. Para los efectos de la presente Ley se entenderá como: I al III. … SIN CORRELATIVO Artículo 5. Para el cumplimento de la presente Ley, las autoridades en materia cultural tienen la obligación de desarrollar y observar los objetivos siguientes: I al XVII. … SIN CORRELATIVO