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LUISA FERNANDA LEDESMA ALPIZAR

MOVIMIENTO CIUDADANO

Ley: LEY DE TURISMO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Tipo: REFORMA

Nombre: PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMA LA LEY DE TURISMO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, A FIN DE RECONOCER E INCORPORAR EL TURISMO DE SERES SINTIENTES, DENOMINADO TURIPET (TURISMO PET FRIENDLY), COMO MODALIDAD TURÍSTICA

Propuesta: Artículo 3. Para los efectos de la presente Ley, se entenderá por: I. a XXIX. … XXX. Turistas: Las personas que viajan temporalmente fuera de su lugar de residencia habitual y que utilicen alguno de los servicios turísticos a que se refiere esta Ley, incluidos los que se contraten a través de plataformas tecnológicas, sin perjuicio de lo dispuesto para efectos migratorios por la Ley General de Población; XXXI. Zonas de Desarrollo Turístico Sustentable: aquellas fracciones del territorio, claramente ubicadas y delimitadas geográficamente, que, por sus características naturales o culturales, constituyen un atractivo turístico; y XXXII. Turismo de seres sintientes (TURIPET): Modalidad de actividad turística que incorpora la participación de seres sintientes, particularmente animales de compañía, en experiencias recreativas, de esparcimiento o de servicios turísticos, tanto en entornos naturales como urbanos, incluyendo actividades de hospedaje, alimentación, transporte, recreación y de contacto con el entorno, bajo condiciones que garanticen su bienestar, trato digno, seguridad y respeto al entorno.

Dice: Artículo 3. Para los efectos de la presente Ley, se entenderá por: I. a XXIX. … XXX. Turistas: Las personas que viajan temporalmente fuera de su lugar de residencia habitual y que utilicen alguno de los servicios turísticos a que se refiere esta Ley, incluidos los que se contraten a través de plataformas tecnológicas, sin perjuicio de lo dispuesto para efectos migratorios por la Ley General de Población; y XXXI. Zonas de Desarrollo Turístico Sustentable: aquellas fracciones del territorio, claramente ubicadas y delimitadas geográficamente, que, por sus características naturales o culturales, constituyen un atractivo turístico. (No existe correlativo)

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