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FRIDA JIMÉNA GUILLEN ORTÍZ

PARTIDO ACCIÓN NACIONAL

Ley: LEY ORGÁNICA DEL PODER EJECUTIVO Y DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Tipo: REFORMA

Nombre: CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES A LA LEY ORGÁNICA DEL PODER EJECUTIVO Y DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO;

Propuesta: Artículo 16. La persona titular de la Jefatura de Gobierno se auxiliará en el ejercicio de sus atribuciones, que comprende el estudio, planeación y despacho de los negocios del orden administrativo, en los términos de esta Ley, de las siguientes dependencias: I. a IV. (...) IV BIS. Secretaría del Deporte; V. a XIX. ... … Artículo 29 BIS. A la Secretaría del Deporte le corresponde el despacho de las materias relativas al ejercicio pleno del derecho a la cultura física y el deporte de quienes habitan o transitan por la Ciudad de México; promover la activación física, los hábitos de vida saludable y el desarrollo integral de las personas mediante la práctica deportiva; fomentar la convivencia comunitaria, la inclusión social y la formación de talentos deportivos; así como fomentar el acceso universal, equitativo y de calidad a las actividades deportivas en la Ciudad, con base en los principios de igualdad, inclusión, bienestar social, juego limpio, participación comunitaria y desarrollo humano. Específicamente, cuenta con las siguientes atribuciones: I. Representar al Gobierno de la Ciudad de México en materia de Deporte II. Dirigir el Sistema del Deporte de la Ciudad de México; III. Diseñar, elaborar y ejecutar políticas públicas, planes, programas y acciones de promoción, difusión, sistematización y consulta en programas sobre educación física y deporte, con los organismos e instituciones competentes, públicos y privados, tanto nacionales como internacionales; IV. Fomentar, en colaboración con los organismos e instituciones competentes, los planes, programas y actividades inherentes para que los espacios dentro de las escuelas públicas y particulares en la Ciudad, cuenten con la infraestructura y el personal necesario para el desarrollo de actividades relacionadas con la educación física y la práctica deportiva; V. Coordinar y participar en programas y actividades deportivas, a través del Instituto del Deporte de la Ciudad de México, así como con la Subsecretaría del Sistema Penitenciario de la Secretaría de Seguridad Ciudadana, para el impulso de las actividades y el cumplimiento de los ejes de la reinserción social; VI. Formular, conducir y evaluar la política pública de cultura física y deporte de la Ciudad, en congruencia con el Plan General de Desarrollo y demás instrumentos de planeación; VII. Impulsar el deporte comunitario, social y recreativo en barrios, colonias y pueblos de la Ciudad, fortaleciendo la convivencia, la integración comunitaria y la cohesión social; VIII. Diseñar, promover e implementar programas de actividad física y deporte para personas servidoras públicas en la Ciudad de México, en coordinación con los poderes, las dependencias de la Administración Pública, la Fiscalía General de Justicia y demás Órganos Constitucionalmente Autónomos; IX. Diseñar, promover e implementar programas de activación física accesibles para la población, con especial atención a niñas, niños, adolescentes, jóvenes, personas adultas mayores y personas con discapacidad; X. Promover el desarrollo del deporte formativo, competitivo y de alto rendimiento, así como apoyar a las y los atletas, entrenadores y equipos representativos de la Ciudad; XI. Fomentar la detección, formación y desarrollo de talentos deportivos en coordinación con instituciones educativas, asociaciones deportivas y organismos especializados; XII. Coordinar acciones con las alcaldías para el fortalecimiento, uso y aprovechamiento de la infraestructura deportiva de la Ciudad; XIII. Promover la construcción, rehabilitación, mantenimiento y uso adecuado. de instalaciones deportivas y espacios públicos destinados a la actividad física y recreativa, contemplando en todo momento las Normas oficiales para la accesibilidad universal XIV. Impulsar la organización de eventos, torneos, ligas, festivales y encuentros deportivos de carácter comunitario, nacional e internacional; XV. Promover la participación social, comunitaria y voluntaria en programas de cultura física y deporte; XVI. Fomentar la capacitación, certificación y profesionalización de promotores, instructores, entrenadores y demás agentes vinculados a la actividad física y al deporte; XVII. Establecer mecanismos de coordinación con dependencias, entidades, instituciones educativas, organizaciones sociales y el sector privado para el desarrollo de programas deportivos y de activación física; XVIII. Promover la inclusión, la igualdad sustantiva y la perspectiva de género en la práctica deportiva; XIX. Impulsar el acceso de las personas con discapacidad al deporte y la activación física en condiciones de igualdad y accesibilidad; XX. Promover el deporte como herramienta para el bienestar, la salud física y mental, la prevención de adicciones y la reconstrucción del tejido social; XXI. Coordinar y promover programas de activación física masiva y deporte en espacios públicos de la Ciudad; XXII. Promover el desarrollo de estudios, diagnósticos, estadísticas e información sobre la cultura física y el deporte en la Ciudad; XXIII. Coordinar los sistemas de información respecto de los padrones de asociaciones y federaciones deportivas en la Ciudad de México; y XXIV. Las demás que le confieran las leyes, reglamentos y demás disposiciones jurídicas aplicables. Artículo 32. ... A) ... I. a X... XI. Diseñar, elaborar y ejecutar políticas públicas, planes, programas y acciones de promoción, difusión, sistematización y consulta en programas sobre educación de calidad, para el desarrollo científico, tecnológico, artístico, cultural, pedagógico, de innovación tecnológica, educación física y de protección al ambiente con los organismos e instituciones competentes tanto nacionales como internacionales, público y privados; XII. a XIII. ... XIV. Fomentar, en colaboración con los organismos e instituciones competentes, los planes, programas y actividades inherentes para que los espacios dentro de las escuelas públicas y particulares en la Ciudad cuenten con la infraestructura física educativa adecuada, así como con la infraestructura humana, inmobiliaria y material para el desarrollo de actividades relacionadas con la educación física y la práctica deportiva; XV. a XXVI. ... XXVII. Coadyuvar con los organismos, Dependencias e instituciones competentes en la realización, implementación y certificación de la enseñanza educativa que se imparta al interior de los Centros Penitenciarios y de las Comunidades de Tratamiento Especializado para Adolescentes de la Ciudad de México; así como participar de manera coordinada en programas recreativos y culturales y deportivos, a través de las instancias o secretarías respectivas; XXVIII. … XXIX. Se deroga XXX.... XXXI. Se deroga XXXII. a XXXIII.... B)... Artículo 34. A la Secretaría de Bienestar e Igualdad Social de la Ciudad de México le corresponde el despacho de las materias relativas a bienestar social, política social, alimentación, igualdad, inclusión, recreación, deporte, información social, servicios sociales, y comunitarios, garantías y promoción de derechos económicos, sociales, culturales y ambientales. … I. a XIX. ...

Dice: Artículo 16. La persona titular de la Jefatura de Gobierno se auxiliará en el ejercicio de sus atribuciones, que comprende el estudio, planeación y despacho de los negocios del orden administrativo, en los términos de esta Ley, de las siguientes dependencias: I. a IV. (...) Sin correlativo V. a XIX. ... … Artículo 29 BIS. Sin correlativo Artículo 32. ... A) ... I. a X... XI. Diseñar, elaborar y ejecutar políticas públicas, planes, programas y acciones de promoción, difusión, sistematización y consulta en programas sobre educación de calidad, para el desarrollo científicо, tecnológico, artístico, cultural, pedagógico, de innovación tecnológica, educación física y de protección al ambiente con los organismos e instituciones competentes tanto nacionales como internacionales, público y privados; XII. a XIII. ... XIV. Fomentar, en colaboración con los organismos e instituciones competentes, los planes, programas y actividades inherentes para que los espacios dentro de las escuelas públicas y particulares en la Ciudad cuenten con la infraestructura física educativa adecuada, así como con la infraestructura humana, inmobiliaria y material para el desarrollo de actividades relacionadas con la educación física y la práctica deportiva; XV. a XXVI. ... XXVII. Coadyuvar con los organismos, Dependencias e instituciones competentes en la realización, implementación y certificación de la enseñanza educativa que se imparta al interior de los Centros Penitenciarios y de las Comunidades de Tratamiento Especializado para Adolescentes de la Ciudad de México; así como participar de manera coordinada en programas recreativos, culturales y deportivos, a través de las instancias o secretarías respectivas; XXVIII. … XXIX. Dirigir el Sistema del Deporte de la Ciudad de México a través del Instituto del Deporte; XXX.... XXXI. Coordinar y participar en programas y actividades deportivas; estas últimas a través del Instituto del Deporte de la Ciudad de México, con la Subsecretaría del Sistema Penitenciario de la Ciudad de México, para el impulso de las actividades y el cumplimiento de los ejes de la reinserción social; XXXII. a XXXIII.... B)... Artículo 34. A la Secretaría de Bienestar e Igualdad Social de la Ciudad de México le corresponde el despacho de las materias relativas a bienestar social, política social, alimentación, igualdad, inclusión, recreación, deporte, información social, servicios sociales, y comunitarios, garantías y promoción de derechos económicos, sociales, culturales y ambientales. … I. a XIX. ...

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