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ANA LUISA BUENDIA GARCÍA

MOVIMIENTO DE REGENERACIÓN NACIONAL

Ley: LEY ORGÁNICA DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Tipo: ADICION

Nombre: CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE ADICIONA EL ARTÍCULO 83 BIS A LA LEY ORGÁNICA DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, PARA FORTALECER LA COMISIÓN DE ATENCIÓN ESPECIAL A VÍCTIMAS

Propuesta: Artículo 83 Bis. La Comisión de Atención Especial a Víctimas podrá brindar, gestionar y dar seguimiento a la atención, orientación y canalización de las personas víctimas que así lo soliciten, con el fin de coadyuvar en el acceso efectivo a la justicia, la reparación integral del daño y el ejercicio de los derechos reconocidos en el ordenamiento jurídico aplicable. Para el cumplimiento de lo anterior, la Comisión podrá celebrar convenios de colaboración y coordinación con las instituciones que resulten necesarias.

Dice: Sin correlativo

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