ANA LUISA BUENDIA GARCÍA
MOVIMIENTO DE REGENERACIÓN NACIONAL
Ley: LEY ORGÁNICA DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Tipo: ADICION
Nombre: CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE ADICIONA EL ARTÍCULO 83 BIS A LA LEY ORGÁNICA DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, PARA FORTALECER LA COMISIÓN DE ATENCIÓN ESPECIAL A VÍCTIMAS
Propuesta: Artículo 83 Bis. La Comisión de Atención Especial a Víctimas podrá brindar, gestionar y dar seguimiento a la atención, orientación y canalización de las personas víctimas que así lo soliciten, con el fin de coadyuvar en el acceso efectivo a la justicia, la reparación integral del daño y el ejercicio de los derechos reconocidos en el ordenamiento jurídico aplicable. Para el cumplimiento de lo anterior, la Comisión podrá celebrar convenios de colaboración y coordinación con las instituciones que resulten necesarias.
Dice: Sin correlativo