CLAUDIA NELÍ MORALES CERVANTES
PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO
Ley: LEY DE ECONOMÍA CIRCULAR DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Tipo: ADICION
Nombre: CON PROYECTO DE DECRETO DE LEY QUE ADICIONA EL ARTÍCULO 37 A LA LEY DE ECONOMÍA CIRCULAR DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Propuesta: CAPÍTULO TERCERO De la Responsabilidad Social Artículo 35.- … I. a V. … Artículo 36.-… I. a XV. … Artículo 37.- El Gobierno de la Ciudad de México instalará de manera estratégica y gradual máquinas recolectoras de residuos inorgánicos que estarán a disposición de la población, para fomentar y garantizar el manejo adecuado de materiales reciclables, lo cual consistirá en: I. Recolectar envases de plástico PET y HDPE, así como, aluminio, fierro, vidrio y tetra pack, que se encuentren limpios, secos y en buen estado; II. Otorgar a las personas usuarias de la máquina, saldo a favor en su tarjeta de movilidad integrada. La cantidad será proporcional al peso y material del envase depositado y será calculado por las autoridades involucradas. El beneficio se proporcionará al escanear la tarjeta en la máquina recolectora; y, III. Canalizar y efectuar el manejo adecuado de los residuos sólidos inorgánicos depositados en la máquina recolectora. TRANSITORIO. El presente decreto deberá ajustarse a la suficiencia presupuestal que se destine con cada ejercicio fiscal.
Dice: CAPÍTULO TERCERO De la Responsabilidad Social Artículo 35.- La población deberá, en la medida de lo posible, realizar lo siguiente: I. a V. … Artículo 36.- Los sectores productivos promoverán, en la medida de sus posibilidades, dentro de sus actividades: I. a XV. … Sin correlativo.