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MIRIAM VALERIA CRUZ FLORES

MOVIMIENTO DE REGENERACIÓN NACIONAL

Ley: INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE MODIFICAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY PARA EL DESARROLLO ECONÓMICO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, EN MATERIA DE EMPRENDIMIENTO.

Tipo: ADICION

Nombre: LEY PARA EL DESARROLLO ECONÓMICO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, EN MATERIA DE EMPRENDIMIENTO

Propuesta: Artículo 21.- … I a X… XI. Emprendimiento como actividad económica competitiva y estratégica para el desarrollo económico; XII a XIII… CAPITULO XI El Emprendimiento como actividad económica competitiva y estratégica para el desarrollo económico. Artículo 56 bis. Para los efectos de la presente Ley, se entenderá por emprendimiento la actividad económica competitiva consistente en la creación, desarrollo y consolidación de proyectos productivos, innovadores o de impacto, impulsados por personas físicas o morales, que contribuyan al desarrollo económico, la generación de empleo formal, la inclusión económica y el crecimiento sostenible de la Ciudad de México. Artículo 56 ter. Las Dependencias y Entidades de la Administración Pública, así como las Alcaldías, en el ámbito de sus respectivas competencias impulsarán el emprendimiento a través de las siguientes acciones: I. Evaluar y crear de políticas públicas específicas orientadas a la promoción, fortalecimiento y consolidación del emprendimiento; II. Crear, fomentar y coordinar programas de apoyo que incluyan, entre otros, acciones de capacitación, incubación, aceleración, mentoría y acompañamiento empresarial; III. Promover el acceso al financiamiento, créditos, apoyos económicos y fondos públicos, privados o mixtos, en condiciones accesibles y competitivas; IV. Establecer un marco regulatorio claro y propicio para la creación, operación y crecimiento de las unidades económicas, así como el fomento de la simplificación administrativa. V. Fomentar la innovación, el desarrollo tecnológico, la digitalización y la adopción de nuevas tecnologías como factores de competitividad del emprendimiento; VI. Incorporar el emprendimiento de manera transversal en los planes, programas y estrategias de desarrollo económico, regional y sectorial de la Ciudad de México, así como en los indicadores de competitividad, productividad y generación de empleo; VII. Promover y establecer incentivos fiscales, económicos y administrativos, conforme a la normatividad aplicable y a los programas vigentes; VIII. Impulsar la participación de los emprendimientos en compras públicas, encadenamientos productivos y esquemas de vinculación con empresas consolidadas; IX. Implementar apoyos diferenciados para sectores estratégicos, la economía social y los emprendimientos de impacto económico, social o ambiental; y X. Fomentar que el emprendimiento contribuya a la generación de empleo formal, la inclusión económica de jóvenes, mujeres y grupos en situación de vulnerabilidad, así como al desarrollo sostenible y al crecimiento local.

Dice: Artículo 21.- … I a X… XI. Promoción de la cultura del emprendimiento; XII a XIII… Sin correlativo. Sin correlativo. Sin correlativo.

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