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JUAN ESTUARDO RUBIO GUALITO

MOVIMIENTO DE REGENERACIÓN NACIONAL

Ley: DECRETO MEDIANTE LA CUAL SE DECLARA EL 31 DE MARZO DE CADA AÑO COMO EL DÍA NACIONAL DE LAS PERSONAS JORNALERAS

Tipo: PROMULGACION

Nombre: 31 DE MARZO DE CADA AÑO COMO EL DÍA NACIONAL DE LAS PERSONAS JORNALERAS

Propuesta: Se propone declarar el 31 de marzo como el Día Nacional de las Personas Jornaleras, en conmemoración del nacimiento de César Chávez, pero también como un acto de justicia histórica para quienes han sostenido con su esfuerzo las estructuras económicas de ambos lados de la frontera. Esta fecha no limita su alcance al trabajo agrícola, sino que abraza la diversidad del jornal en todos sus rostros y regiones. Es un recordatorio de que México se compromete a dignificar toda forma de trabajo manual, a construir derechos más allá de muros físicos e ideológicos, y a enfrentar con firmeza las narrativas que buscan precarizar, dividir o invisibilizar a quienes más aportan desde abajo. En tiempos de reacción ultraconservadora, esta conmemoración es una afirmación de memoria, dignidad y justicia social

Dice: DECRETO POR EL QUE SE DECLARA EL 31 DE MARZO DE CADA AÑO COMO EL DÍA NACIONAL DE LAS PERSONAS JORNALERAS

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