MANUEL TALAYERO PARIENTE
PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO
Ley: CÓDIGO FISCAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Tipo: REFORMA
Nombre: CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMA EL ARTÍCULO 496 DEL CÓDIGO FISCAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO, PARA EQUIPARAR LA MALVERSACIÓN DE DONATIVOS CON EL DELITO DE DEFRAUDACIÓN FISCAL
Propuesta: ⁄NICO. Se ADICIONA una fracciÛn IX al artÌculo 496 del CÛdigo Fiscal de la Ciudad de MÈxico, para quedar como sigue: ARTÕCULO 496.- Ser· sancionado con las mismas penas del delito de defraudaciÛn fiscal, quien dolosamente realice alguna de las siguientes conductas: Del I. al VIII. (Sin cambios) IX. La malversaciÛn de donativos recibidos por personas fÌsicas o morales con fines deducibles, cuando dichos recursos se destinen a fines distintos a los autorizados o se simulen operaciones con el objeto de obtener beneficios fiscales indebidos. Transitorios PRIMERO. El presente decreto entrar· en vigor al dÌa siguiente de su publicaciÛn en la Gaceta Oficial de la Ciudad de MÈxico. SEGUNDO. Las autoridades fiscales de la Ciudad de MÈxico deber·n adecuar sus procedimientos de fiscalizaciÛn y sanciÛn conforme a lo dispuesto en esta reforma. Dado en el Recinto Legislativo de Donceles, sede del Congreso de la Ciudad de MÈxico, a los 06 dÌas del mes de noviembre de 2025
Dice: ARTICULO 496.- Ser· sancionado con las mismas penas del delito de defraudaciÛn fiscal, quien dolosamente realice alguna de las siguientes conductas: I a VIII (…) Sin Correlativo