DIEGO ORLANDO GARRIDO LÓPEZ
PARTIDO ACCIÓN NACIONAL
Ley: LA LEY DE EDUCACIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Tipo: REFORMA
Nombre: CON PROYECTO DE DECRETO QUE SE REFORMA EL ARTÍCULO 127 DE LA LEY DE EDUCACIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO, PARA OPTIMIZAR RECURSOS Y MEJORAR LA INFRAESTRUCTURA EN LAS ESCUELAS PÚBLICAS
Propuesta: ARTÍCULO ÚNICO. Se reforman el artículo 127 de la Ley de Educación de la Ciudad de México, para quedar como sigue: Artículo 127.- El presupuesto para la educación de la Ciudad se determinará con base en criterios de mejora continua de los servicios educativos, los principios de igualdad, inclusión, no discriminación y equidad en el ejercicio del derecho a la educación, mediante acciones compensatorias dirigidas a las personas y grupos que se encuentren en situación de vulnerabilidad y fijará los recursos económicos que permitan cubrir los requerimientos financieros, humanos y materiales a fin de que los educandos tengan acceso a una educación de excelencia. Se deberá analizar y optimizar los criterios para la distribución de los recursos entre las escuelas, considerando factores como la matrícula, el nivel educativo, la ubicación geográfica, problemas de agua, y las necesidades específicas de cada centro educativo. Así como asegurar que una parte significativa de los recursos se destine a mejorar la infraestructura educativa, tales como aulas, laboratorios, bibliotecas y mobiliario. - 12 - TRANSITORIOS PRIMERO.- Remítase a la persona titular de la Jefatura de Gobierno para su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. SEGUNDO.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
Dice: Artículo 127.- El presupuesto para la educación de la Ciudad se determinará con base en criterios de mejora continua de los servicios educativos, los principios de igualdad, inclusión, no discriminación y equidad en el ejercicio del derecho a la educación, mediante acciones compensatorias dirigidas a las personas y grupos que se encuentren en situación de vulnerabilidad y fijará los recursos económicos que permitan cubrir los requerimientos financieros, humanos y materiales a fin de que los educandos tengan acceso a una educación de excelencia.