DANIELA GICELA ÁLVAREZ CAMACHO
PARTIDO ACCIÓN NACIONAL
Ley: LEY DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Tipo: REFORMA
Nombre: CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN LOS ARTÍCULOS 2 FRACCIÓN XXVI Y 118 FRACCIÓN I DE LA LEY DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO EN MATERIA DE CONFORMACIÓN DE UNIDADES TERRITORIALES
Propuesta: ArtÌculo 2. Para los efectos de esta Ley se entender· por: I a XXV. … XXVI. Unidad Territorial: Las Colonias, Unidades Habitacionales, Pueblos y Barrios Originarios que establezca el Instituto Electoral, a partir del Cat·logo de Colonias propuesto por el equipo de datos abiertos de la Ciudad de MÈxico, y del Cat·logo de Pueblos y Barrios Originarios integrado por la SEPI. Cada Colonia, Unidad Habitacional, Pueblo o Barrio Originario, en lo individual, integrar· una Unidad Territorial. ArtÌculo 118. Los recursos del presupuesto participativo ser·n distribuidos en el ·mbito de las demarcaciones territoriales conforme a lo siguiente: I. El 50% de los recursos asignados se distribuir· de forma alÌcuota entre las Unidades Territoriales de la Ciudad. II. … … … VIII. Ordenamientos a modificar. …
Dice: ArtÌculo 2. Para los efectos de esta Ley se entender· por: I a XXV. … XXVI. Unidad Territorial: Las Colonias, Unidades Habitacionales, Pueblos y Barrios Originarios que establezcan el Instituto Electoral. ArtÌculo 118. Los recursos del presupuesto participativo ser·n distribuidos en el ·mbito de las demarcaciones territoriales conforme a lo siguiente: I. El 50% de los recursos asignados se distribuir· de forma alÌcuota entre las colonias, pueblos y barrios de la Ciudad. II. … … … …