DIEGO ORLANDO GARRIDO LÓPEZ
PARTIDO ACCIÓN NACIONAL
Ley: CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO ALCALDÍAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Tipo: MODIFICACION
Nombre: CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE MODIFICAN LOS ARTÍCULOS 53 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO Y 42 DE LA LEY ORGÁNICA DE ALCALDÍAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO, EN MATERIA DE PODA DE ÁRBOLES
Propuesta: PRIMERO. Se REFORMA la fracción XIX del inciso a), del numeral 3, del apartado B y se ADICIONA una fracción XIX Bis, del artículo 53 de la Constitución Política de la Ciudad de México, para quedar como sigue: Artículo 53 Alcaldías A. De la integración, organización y facultades de las alcaldías. 1. a 14. … B. De las personas titulares de las alcaldías 1. … 2. … 3. Las personas titulares de las alcaldías tendrán las siguientes atribuciones: a) De manera exclusiva: Gobierno y régimen interior I. a XV. … Obra pública, desarrollo urbano y servicios públicos XVI. a XVIII. … XIX. Prestar los siguientes servicios públicos: alumbrado público en las vialidades; limpia y recolección de basura; poda de árboles; regulación de mercados; y pavimentación, de conformidad con la normatividad aplicable; 15 XIX Bis. Realizar servicio de poda o tala de árboles gratuitamente; o bien autorizar a los particulares a llevar a cabo poda, derribo o trasplante de árboles y ubicados en bienes de dominio público o en propiedades de particulares, cuando se requiera para la salvaguarda de la integridad de las personas o sus bienes, de conformidad con lo establecido en la Ley de la Materia. XX. a XIII. … Movilidad, vía pública y espacios públicos XXIV. a XXXIII. … Desarrollo económico y social XXXIV. a XXXVIII. … Educación y cultura XXXIX. a XL. … Asuntos Jurídicos XLI. a XLIII … Rendición de cuentas XLIV. a XLV. … Seguridad ciudadana y protección civil 16 XLVI. … b) a c) … C. De los Concejos … SEGUNDO. Se ADICIONA una fracción XV al artículo 42 de la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México, para quedar como sigue: Artículo 42. Las atribuciones de las personas titulares de las Alcaldías en materia de obra pública, desarrollo urbano y servicios públicos, coordinadas con el Gobierno de la Ciudad u otras autoridades, son las siguientes: I. a XIV. … XV. En coordinación con la Secretaría de Medio Ambiente prestar gratuitamente el servicio público de poda de árboles; o bien, autorizar a los particulares a realizar la poda de árboles ubicados en propiedades particulares o tratándose de árboles en espacios urbanos de la ciudad y exista riesgo real para las personas o su patrimonio; generen puntos de inseguridad a los transeúntes, sirvan como punto de referencia para depositar desechos o generen la proliferación de fauna nociva, en términos de lo que establece la Ley Ambiental aplicable; señalando además las acciones necesarias para la recolección, acarreo y traslado al sitio de disposición del material producto de la poda y derribo de los árboles. TRANSITORIOS PRIMERO. T˙rnese a la persona titular de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de MÈxico para su correspondiente promulgaciÛn y publicaciÛn en la Gaceta Oficial de la Ciudad de MÈxico. 17 SEGUNDO. El presente Decreto entrar· en vigor a partir del dÌa siguiente de su publicaciÛn en la Gaceta Oficial de la Ciudad de MÈxico. TERCERO. La SecretarÌa del Medio Ambiente de la CDMX emitir·, dentro de los 90 dÌas naturales siguientes a la entrada en vigor del presente Decreto, los lineamientos tÈcnicos y procedimientos para la autorizaciÛn de poda por particulares, garantizando la seguridad ambiental y la protecciÛn de los ·rboles.
Dice: Artículo 53 Alcaldías A. … B. De las personas titulares de las alcaldías 1. … 2. … 3. Las personas titulares de las alcaldías tendrán las siguientes atribuciones: a) De manera exclusiva: Gobierno y régimen interior I. a XV. … Obra pública, desarrollo urbano y servicios públicos XVI. a XVIII. … XIX. Prestar los siguientes servicios públicos: alumbrado público en las vialidades; limpia y recolección de basura; poda de árboles; regulación de mercados; y pavimentación, de conformidad con la normatividad aplicable; Sin correlativo. XX. a XLVI. … b) a c) … C. … Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México. Artículo 42. Las atribuciones de las personas titulares de las Alcaldías en materia de obra pública, desarrollo urbano y servicios públicos, coordinadas con el Gobierno de la Ciudad u otras autoridades, son las siguientes: I. a XIV. … Sin correlativo.