PEDRO ENRIQUE HACES LAGO
MOVIMIENTO DE REGENERACIÓN NACIONAL
Ley: LEY FEDERAL DEL TRABAJO
Tipo: ADICION
Nombre: ANTE EL CONGRESO DE LA UNIÓN CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES A LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO, EN MATERIA DE HORAS PERSONALES PARA LAS PERSONAS TRABAJADORAS
Propuesta: TITULO CUARTO Derehos y Obligaiones de los Trabajadores y de los Patrones CAPITULO I. … CAPÍTULO I BIS Horas Personales de las Personas Trabajadoras Artíulo 133 Bis.- Toda persona trabajadora tiene dereho a oho horas personales por año, remuneradas, pudiendo distribuirse en fraiones por oasión, destinadas a la atenión de asuntos de aráter personal, inluyendo, pero no limitándose a: a) Cuidado de personas. b) Atividades esolares o eduativas de hijos o dependientes. ) Trámites ofiiales. d) Asistenia a itas médias, funerales o atos familiares relevantes. Artíulo 133 Ter.- Las horas no utilizadas en el año no serán aumulables al año siguiente, salvo auerdo en ontrario entre empleador y trabajador. Artíulo 133 Quáter.- La persona trabajadora deberá soliitar las horas personales on al menos uarenta y oho horas de antiipaión, salvo asos de urgenia. El empleador estará obligado a autorizar el uso de las horas personales, salvo que existan causas de fuerza mayor relacionadas con la operación inmediata de la empresa, en cuyo caso deberá proponer al trabajador una fecha u horario alternativo razonable. TRANSITORIOS PRIMERO.- Una vez aprobada la presente iniciativa, remítase a la Cámara de Diputados para continuar con el proceso legislativo conforme a lo establecido en la normatividad aplicable. SEGUNDO.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. TERCERO.- Los contratos colectivos de trabajo y reglamentos interiores de trabajo deberán adecuarse a lo dispuesto en el presente decreto en un plazo no mayor a un año a partir de su entrada en vigor.
Dice: TITULO CUARTO Derehos y Obligaiones de los Trabajadores y de los Patrones CAPITULO I. … SIN CORRELATIVO SIN CORRELATIVO SIN CORRELATIVO