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ELVIA GUADALUPE ESTRADA BARBA

PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO

Ley: LEY DE EDUCACIÓN FÍSICA Y DEPORTE DEL DISTRITO FEDERAL

Tipo: OTRA

Nombre: CON PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMA Y ADICIONA DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY DE EDUCACIÓN FÍSICA Y DEPORTE DEL DISTRITO FEDERAL, (EN MATERIA DE PROMOVER ESPACIOS SEGUROS PARA MUJERES, DENOMINADO “CANCHA SEGURA” PARA MUJERES

Propuesta: LEY DE EDUCACIÓN FÍSICA Y DEPORTE DEL DISTRITO FEDERAL Único. – Se reforman las fracciones III del artículo 17, XVIII del artículo 23, XII del artículo 31 y III del artículo 48 de la Ley de Educación Física y Deporte del Distrito Federal, para quedar como sigue: Artículo 17.- Son obligaciones de los integrantes del Sistema: I. a II. … III.- Cuidar y vigilar que la infraestructura deportiva utilizada en sus prácticas, se ocupe para el fin adecuado, procurando se conserve en buen estado, con prácticas que prioricen la perspectiva de género, conforme a lo establecido en los Reglamentos aplicables; IV. a X. … Artículo 23.- Las atribuciones del Instituto del Deporte de la Ciudad de México son: I. a XVII. … XVIII.- Efectuar verificaciones anuales a las instalaciones deportivas del Distrito Federal, a efecto de que se encuentren en óptimas condiciones de uso y mantenimiento; así como equipadas con todos y cada uno de los elementos materiales necesarios para la práctica de cada especialidad, además de contar con botones de pánico; y en su caso podrán vetar el uso de cualquier instalación que no cumpla con los requisitos de seguridad y perspectiva de género; Dicha verificación se reportará en un informe anual que detallará las condiciones de la infraestructura deportiva y que estará públicamente disponible en el portal de Internet del Instituto. XIX. a XXVI. … Artículo 31.- Los Órganos Político- Administrativos de cada una de las Alcaldías de la Ciudad de México, tendrán las facultades siguientes: I. a XI. … XII.- Promover la realización de programas y campañas de difusión con perspectiva de género sobre la no violencia en el deporte, el acceso pleno y seguro a especios públicos, la erradicación de actos racistas, intolerantes y violentos y de una cultura de sana convivencia y esparcimiento al interior de las instalaciones y espacios deportivos de su jurisdicción. XIII. y XIV. … Artículo 48.- Los convenios que el Instituto del Deporte del Distrito Federal promueva para la participación de los sectores social y privado, entidades de la Administración Pública Federal, así como de los organismos deportivos, con el fin de integrarlos al Sistema de Cultura Física y Deporte deberán tener como objetivo fundamental el fomento y desarrollo del deporte previendo: I. a II. … III.- Las acciones y recursos que aporten para la promoción y fomento del deporte, así como el uso de su infraestructura, priorizando acciones con perspectiva de género. T R A N S I T O R I O S PRIMERO. Remítase a la persona titular de la Jefatura de Gobierno, para su promulgación y publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. SEGUNDO. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación.

Dice: la Ley de Educación Física y Deporte del Distrito Federal. Artículo 17.- Son obligaciones de los integrantes del Sistema: I. a II. … III.- Cuidar y vigilar que la infraestructura deportiva utilizada en sus prácticas, se ocupe para el fin adecuado, procurando se conserve en buen estado, conforme a lo establecido en los Reglamentos aplicables; IV. a X. … Artículo 23.- Las atribuciones del Instituto del Deporte de la Ciudad de México son: I. a XVII. … XVIII.- Efectuar verificaciones anuales a las instalaciones deportivas del Distrito Federal, a efecto de que se encuentren en óptimas condiciones de uso y mantenimiento; así como equipadas con todos y cada uno de los elementos materiales necesarios para la práctica de cada especialidad; y en su caso podrán vetar el uso de cualquier instalación que no cumpla con los requisitos de seguridad; Dicha verificación se reportará en un informe anual que detallará las condiciones de la infraestructura deportiva y que estará públicamente disponible en el portal de Internet del Instituto. XIX. a XXVI. … Artículo 31.- Los Órganos Político- Administrativos de cada una de las Alcaldías de la Ciudad de México, tendrán las facultades siguientes: I. a XI. … XII.- Promover la realización de programas y campañas de difusión con perspectiva de género sobre la no violencia en el deporte, la erradicación de actos racistas, intolerantes y violentos y de una cultura de sana convivencia y esparcimiento al interior de las instalaciones y espacios deportivos de su jurisdicción. XIII. y XIV. … Artículo 48.- Los convenios que el Instituto del Deporte del Distrito Federal promueva para la participación de los sectores social y privado, entidades de la Administración Pública Federal, así como de los organismos deportivos, con el fin de integrarlos al Sistema de Cultura Física y Deporte deberán tener como objetivo fundamental el fomento y desarrollo del deporte previendo: I. a II. … III.- Las acciones y recursos que aporten para la promoción y fomento del deporte, así como el uso de su infraestructura.

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