ANA LUISA BUENDIA GARCÍA
MOVIMIENTO DE REGENERACIÓN NACIONAL
Ley: LEY DE BÚSQUEDA DE PERSONAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO,
Tipo: REFORMA
Nombre: CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE REFORMA EL ARTÍCULO 17 DE LA LEY DE BÚSQUEDA DE PERSONAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO, EN MATERIA DEL SISTEMA DE BÚSQUEDA DE PERSONAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Propuesta: Artículo 17. El Sistema de Búsqueda se integra por: I… a XII… XIII. La persona titular de la Agencia Digital de Innovación Pública de la Ciudad de México; XIV. La persona titular del Centro de Comando, Control, Cómputo, Comunicaciones y Contacto Ciudadano de la Ciudad de México, y XV. La persona Diputada que presida la Comisión de Atención Especial a víctimas del Congreso de la Ciudad de México. Así como, un representante del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México que deberá ser convocada a cada reunión del Sistema de Búsqueda, donde tendrá solo derecho a voz y no a voto. … … … … … …
Dice: Artículo 17. El Sistema de Búsqueda se integra por: I… a XII… XIII. La persona titular de la Agencia Digital de Innovación Pública de la Ciudad de México; y XIV. La persona titular del Centro de Comando, Control, Cómputo, Comunicaciones y Contacto Ciudadano de la Ciudad de México. Así como, un representante del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México; la persona que presida la Comisión de Atención Especial a Víctimas del Congreso de la Ciudad de México, que deberán ser convocadas a cada reunión del Sistema de Búsqueda, donde tendrán solo derecho a voz y no a voto. … … … … … …