RICARDO RUBIO TORRES
PARTIDO ACCIÓN NACIONAL
Ley: LEY PARA LA INTEGRACIÓN AL DESARROLLO DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD DEL DISTRITO FEDERAL
Tipo: REFORMA
Nombre: CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMA AL ARTÍCULO 23 DE LA LEY PARA LA INTEGRACIÓN AL DESARROLLO DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD DEL DISTRITO FEDERAL
Propuesta: Artículo 23.- Para garantizar el derecho al trabajo, corresponde a la Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo de la Ciudad de México, lo siguiente: I. II. Promover a través del Programa de Empleo y Capacitación, la contratación de personas con discapacidad, en los diferentes sectores productivos y de servicios, creando para ello, programas para la capacitación y el adiestramiento laboral de personas con discapacidad, la creación de agencias laborales, ferias de empleo, y de centros de trabajo protegido; Crear un sistema de colocación laboral que permita ofertar empleo al mayor número de personas con discapacidad, promoviendo su permanecía y desarrollo en el mismo; será obligatorio en todas las dependencias públicas, alcaldías y entes descentralizados de la Ciudad de México, mediante el cual se deberá integrar en su plantilla laboral un porcentaje no menor al 5 % de personas con discapacidad. El programa garantizará: A) Acceso al empleo digno, con condiciones laborales equiparables a las de los demás trabajadores; B) Igualdad de oportunidades, en selección, contratación, capacitación, promoción y salarios; C) Seguimiento y supervisión periódica de cumplimiento, por parte de la instancia normativa correspondiente; D) Sanciones progresivas y efectivas aplicables a las unidades administrativas que incumplan la obligación, incluyendo medidas administrativas, económicas o de gestión; E) Aplicación en todas las alcaldías y entes descentralizados.
Dice: Artículo 23.- Para garantizar el derecho al trabajo, corresponde a la Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo de la Ciudad de México, lo siguiente: I. II. Promover a través del Programa de Empleo y Capacitación, la contratación de personas con discapacidad, en los diferentes sectores productivos y de servicios, creando para ello, programas para la capacitación y el adiestramiento laboral de personas con discapacidad, la creación de agencias laborales, ferias de empleo, y de centros de trabajo protegido; Crear un sistema de colocación laboral que permita ofertar empleo al mayor número de personas con discapacidad, promoviendo su permanecía y desarrollo en el mismo; (III-X)