ALBERTO VANEGAS ARENAS
MOVIMIENTO DE REGENERACIÓN NACIONAL
Ley: CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Tipo: ADICION
Nombre: CON PROYECTO DE DECRETO QUE ADICIONA DIVERSAS FRACCIONES AL ARTÍCULO 19 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, EN MATERIA DE COORDINACIÓN METROPOLITANA Y REGIONAL
Propuesta: ARTÍCULO 19 COORDINACIÓN METROPOLITANA Y REGIONAL 1. … La coordinación y gestión metropolitana de la Ciudad de México es responsabilidad de la Jefatura de Gobierno a través de la Secretaría de Planeación, Ordenamiento Territorial y Coordinación Metropolitana, en el ámbito de sus competencias, que instrumentarán y regularán el desarrollo urbano con visión metropolitana, fomentando la armonización de políticas y estrategias entre las distintas entidades que conforman la Zona Metropolitana del Valle de México; … 2. y 3. … 4. La Ciudad de México participará en el Consejo de Desarrollo Metropolitano y en los organismos que correspondan, según lo disponga la ley. El Congreso de la Ciudad de México impulsará la coordinación con los congresos locales de las entidades de la Zona Metropolitana del Valle de México, la realización de un Parlamento Metropolitano, ejercicios democráticos y encuentros metropolitanos, que funjan como espacios de diálogo, deliberación y concertación legislativa e institucional al promover la coordinación, la cooperación y el desarrollo armónico en la región centro del país, con apego a los principios federalistas y respeto a la soberanía de estas entidades. 5. a 7. …
Dice: ARTÍCULO 19 COORDINACIÓN METROPOLITANA Y REGIONAL 1. … Sin correlativo … 2. y 3. … 4. La Ciudad de México participará en el Consejo de Desarrollo Metropolitano y en los organismos que correspondan, según lo disponga la ley. El Congreso de la Ciudad de México impulsará la coordinación con los congresos locales de las entidades de la Zona Metropolitana del Valle de México, con apego a los principios federalistas y respeto a la soberanía de estas entidades. 5. a 7. …