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ERNESTO VILLARREAL CANTÚ

PARTIDO DEL TRABAJO

Ley: LEY ORGÁNICA DE ALCALDÍAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Tipo: REFORMA

Nombre: CON PROYECTO DE DECRETO POR LA QUE SE REFORMA EL ARTÍCULO 91 DE LA LEY ORGÁNICA DE ALCALDÍAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO EN MATERIA DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN EN ASPECTOS RELACIONADOS CON LAS SESIONES DE LOS CONCEJOS DE LAS ALCALDÍAS;

Propuesta: LEY ORGÁNICA DE ALCALDÍAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO … Artículo 91. El contenido del orden del día, los documentos que se pongan a consideración, los acuerdos que se adopten, las votaciones, las actas y versiones estenográficas, y demás aspectos relacionados con las sesiones del Concejo serán públicos en términos de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas. Deberán además difundirse por lo menos en forma electrónica en la página oficial de la Alcaldías y en los estrados de las oficinas de las Alcaldías. … TRANSITORIOS PRIMERO.- Remítase a la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México para su promulgación y publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. SEGUNDO.- El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. TERCERO.- Las personas titulares de las Alcaldías de la Ciudad de México y sus Concejos, contarán con un plazo de ciento ochenta días naturales, contados a partir de la entrada en vigor del presente Decreto, para adecuar el reglamento del Concejo y tomar las medidas pertinentes para la aplicación de esta reforma..

Dice: Artículo 91. El contenido del orden del día y de los acuerdos del Concejo deberán difundirse por lo menos en forma electrónica y en los estrados de las oficinas de las Alcaldías; El desarrollo de las sesiones del Concejo, se llevará conforme al orden del día que contenga como mínimo: I. Lista de Asistencia y en su caso declaración del quórum legal; II. Lectura, discusión y en su caso aprobación del acta de la sesión anterior; III. Aprobación del orden del día; IV. Presentación de asuntos y turno a Comisiones; V. Lectura, discusión y en su caso, aprobación de los acuerdos; y VI. Asuntos generales.

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