
ERNESTO VILLARREAL CANTÚ
PARTIDO DEL TRABAJO
Ley: LEY DE PROTECCIÓN Y FOMENTO AL EMPLEO PARA LA CIUDAD DE MÉXICO
Tipo: REFORMA
Nombre: CON PROYECTO DE DECRETO POR LA QUE SE REFORMAN LOS ARTÍCULOS 5 FRACCIÓN XV Y 24 FRACCIÓN III DE LA LEY DE PROTECCIÓN Y FOMENTO AL EMPLEO PARA LA CIUDAD DE MÉXICO;
Propuesta: Ley de Protección y Fomento al Empleo para la Ciudad de México. Artículo 5.- La persona titular de la Jefatura de Gobierno, por conducto de la Secretaría, será responsable del cumplimiento de esta Ley y de sus disposiciones complementarias: I. a XIV. … XV. Promover la inclusión a las actividades productivas formales a las personas de la tercera edad, personas con discapacidad y demás grupos vulnerables; XVI. a XXIII. … Artículo 24.- Las empresas que contraten indefinidamente desempleados en situación de exclusión social, podrán acogerse a los estímulos fiscales previstos en este capítulo. La situación de exclusión social se acreditará por los servicios sociales competentes y quedará determinada por alguno de los siguientes casos: I. a II… III. Personas con discapacidad; IV. a VI… TRANSITORIOS PRIMERO.- Remítase a la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México para su promulgación y publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
Dice: Artículo 5.- La persona titular de la Jefatura de Gobierno, por conducto de la Secretaría, será responsable del cumplimiento de esta Ley y de sus disposiciones complementarias: I. a XIV. … XV. Promover la inclusión a las actividades productivas formales a las personas de la tercera edad, personas con capacidades diferentes y demás grupos que presenten esta problemática; XVI. a XXIII. … Artículo 24.- Las empresas que contraten indefinidamente desempleados en situación de exclusión social, podrán acogerse a los estímulos fiscales previstos en este capítulo. La situación de exclusión social se acreditará por los servicios sociales competentes y quedará determinada por alguno de los siguientes casos: I. a II… III. Personas con capacidades diferentes; IV. a VI…