
TANIA NANETTE LARIOS PÉREZ
PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
Ley: REGLAMENTO DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Tipo: OTRA
Nombre: CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN, ADICIONAN Y DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES DEL REGLAMENTO DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO;
Propuesta: ÚNICO. – Se adicionan la fracción XXI al artículo 7, un párrafo segundo al artículo 47, una fracción XI al artículo 54, un párrafo tercero al artículo 63, una fracción XV al artículo 79; se reforman la fracción XX del artículo 7, el párrafo primero del artículo 48, la fracción X del artículo 54, el párrafo primero del artículo 63, la fracción I del artículo 65, las fracciones I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII y XIV, para quedar como sigue: (…) Artículo 7. Son obligaciones de las y los Diputados: I. a XVIII. … XIX. Acatar las disposiciones y procedimientos del Código de Responsabilidad Parlamentaria del Congreso de la Ciudad de México; y XX. Dar conocimiento a la Mesa Directiva de su futura ausencia del pleno durante el desarrollo de la sesión. correspondiente; y XXI. Las demás previstas por la ley y el presente reglamento. (…) Artículo 47. … Al finalizar cada sesión, la o el Secretario de la Mesa Directiva pasará lista por medio del sistema electrónico y, en su caso, de manera verbal. … … Artículo 48. Al inicio y al final de las sesiones, la o el Presidente de la Mesa Directiva ordenará pasar lista de presentes. … … … … … (…) Artículo 54. … I. a III. … … I. a VIII. … IX. Honores a la bandera; X. Lista de asistencia, y XI. Cierre de la sesión. (…) Artículo 63. Las y los Diputados deberán registrar su asistencia al inicio y al final de las sesiones, a través del sistema electrónico, de no ser posible su operación, se procederá al pase de lista verbal y dar cuanta a la Mesa Directiva. … El sistema electrónico para el pase de asistencia al final de las sesiones se abrirá una vez concluido el último apartado del orden del día previo al cierre de la sesión. … … (…) Artículo 65. … I. No registre su asistencia al inicio o al final, y II…. (…) Artículo 79. … I. Lista de asistencia; II. Lectura del Orden del día y, en su caso, dispensa en votación económica; III. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del acta de la sesión anterior; IV. Comunicaciones oficiales; V. Solicitudes de licencia y toma de protesta de las y los Diputados; VI. Iniciativas de ley o de decreto de la persona Titular del Poder Ejecutivo de la Ciudad; VII. Iniciativas de las y los Diputados y a nombre de Grupo; VIII. Dictámenes; IX. Acuerdos Parlamentarios; X. Proposiciones con punto de acuerdo; XI. Informe de las Comisiones y Comités; XII. Informe de peticiones formuladas por particulares; XIII. Presentación de proposiciones, pronunciamientos, así como las denuncias que no comprendan la aprobación, reforma, derogación o abrogación de Leyes o Decretos; XIV. Efemérides; y XV. Lista de asistencia. (…) TRANSITORIOS PRIMERO. El presente Decreto entrará en vigor, a partir del día siguiente de su publicación.
Dice: Artículo 7. Son obligaciones de las y los Diputados: I. a XVIII. … XIX. Acatar las disposiciones y procedimientos del Código de Responsabilidad Parlamentaria del Congreso de la Ciudad de México; y XX. Las demás previstas por la ley y el presente reglamento SIN CORRELATIVO Artículo 47. La o el Secretario de la Mesa Directiva pasará la lista de asistencia al inicio de la sesión por medio del sistema electrónico y en su caso de manera verbal. SIN CORRELATIVO … … Artículo 48. Al inicio de las sesiones, la o el Presidente de la Mesa Directiva ordenará pasar lista de presentes. … … … … … Artículo 54. … I. a III. … … I. a VIII. … IX. Honores a la bandera, y X. Cierre de la sesión. Artículo 63. Las y los Diputados deberán registrar su asistencia al inicio de las sesiones, a través del sistema electrónico, de no ser posible su operación, se procederá al pase de lista verbal y dar cuanta a la Mesa Directiva. … SIN CORRELATIVO … … Artículo 65. Se computará como inasistencia de la o el Diputado a una sesión cuando: I. No registre su asistencia al inicio, y II…. Artículo 79. El orden del día de las sesiones contendrá, en el orden acordado por la Mesa Directiva y la Junta, los apartados siguientes: I. a XIV. …