
ELIZABETH MATEOS HERNÁNDEZ
MOVIMIENTO DE REGENERACIÓN NACIONAL
Ley: CÓDIGO PENAL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Tipo: ADICION
Nombre: CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE ADICIONA UN TERCER PÁRRAFO ARTÍCULO 237 DEL CÓDIGO PENAL PARA EL DISTRITO FEDERAL, EN MATERIA DE RESTITUCIÓN INMEDIATA DE INMUEBLES A MUJERES Y ADULTOS MAYORES QUE HAYAN SIDO VÍCTIMAS DEL DELITO DE DESPOJO;
Propuesta: ÚNICO. - Se adiciona un tercer párrafo al artículo 237 del Código Penal para el Distrito Federal, para quedar como sigue: Artículo 237.- … I a III. … … Para efectos del presente capítulo, cuando la víctima sea persona con discapacidad, mujer y/o persona adulta mayor, en cuanto el Ministerio Público tenga conocimiento del hecho, tendrá la obligación de solicitar ante el Juez de Control, como medida provisional, la restitución del inmueble materia del hecho delictuoso, siempre que existan datos de prueba suficientes y pertinentes que justifiquen dicha solicitud y que la naturaleza del caso lo permita. TRANSITORIOS PRIMERO. - Remítase a la Persona Titular de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México para su promulgación y publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. SEGUNDO. - El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
Dice: Artículo 237.- I a III. … … … (SIN CORRELATIVO)