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TANIA NANETTE LARIOS PÉREZ

PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL

Ley: LEY FEDERAL DEL TRABAJO

Tipo: MODIFICACION

Nombre: CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL ARTÍCULO 63 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO;

Propuesta: ÚNICO. Se modifica el artículo 63 de la Ley Federal del Trabajo, para quedar como sigue: (…) Artículo 63.- Durante la jornada continua de trabajo se concederá al trabajador un descanso de una hora, por lo menos. (…) TRANSITORIOS PRIMERO.- Túrnese el presente Decreto para su análisis y discusión a la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión. SEGUNDO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. TERCERO.- El Congreso de la Unión y las legislaturas de los estados, deberán adecuar en el ámbito de sus respectivas competencias, las disposiciones legales aplicables en la materia en un plazo no mayor a 90 días hábiles una vez que entre en vigor la presente reforma. CUARTO.- La Secretaría del Trabajo y Previsión Social, tendrá un plazo no mayor a 90 días hábiles contados a partir de la entrada en vigor del presente Decreto, para adecuar todas las disposiciones reglamentarias en la materia. QUINTO.- Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente decreto.

Dice: Artículo 63.- Durante la jornada continua de trabajo se concederá al trabajador un descanso de media hora, por lo menos.

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