
LEONOR GÓMEZ OTEGUI
MOVIMIENTO DE REGENERACIÓN NACIONAL
Ley: LEY DE EDUCACIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Tipo: OTRA
Nombre: CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMA Y ADICIONA UNA FRACCIÓN AL ARTÍCULO 56 DE LA LEY DE EDUCACIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO;
Propuesta: ÚNICO. Se reforman las fracciones III, IV y V y se adiciona la fracción VI del artículo 56 de la Ley de Educación de la Ciudad de México, para quedar como sigue: LEY DE EDUCACIÓN DE LA CIUDAD MÉXICO Artículo 56.- En los PILARES se desarrollan las siguientes líneas comunitarias de innovación social: I. a la II. (…) III. Educación para la conciliación y cultura de paz, en particular identificación, visibilización, desnormalización y reducción de las violencias; IV. Educación para el desarrollo de habilidades emocionales, físicas, cognitivas y digitales que brinden herramientas para una formación integral; V. Educar en particular a las jóvenes y mujeres para la prevención y detección temprana del virus del papiloma humano, del cáncer de mama y del cáncer cervicouterino, y a los jóvenes del cáncer de próstata; y VI. Educar en particular a las niñas, adolescentes, jóvenes y mujeres en la promoción y prevención de la Salud Mental, para reducir y erradicar los riesgos de ansiedad y depresión, logrando con ello, una mayor resiliencia y bienestar en su vida de manera integral. TRANSITORIOS. ARTÍCULO PRIMERO. Remítase a la persona titular de la Jefatura de Gobierno para su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. ARTÍCULO SEGUNDO. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
Dice: Artículo 56.- En los PILARES se desarrollan las siguientes líneas comunitarias de innovación social: I. a la II. (…) III. Educación para la conciliación y cultura de paz, en particular identificación, visibilización, desnormalización y reducción de las violencias, y IV. Educación para el desarrollo de habilidades emocionales, físicas, cognitivas y digitales que brinden herramientas para una formación integral. V. Educar en particular a las jóvenes y mujeres para la prevención y detección temprana del virus del papiloma humano, del cáncer de mama y del cáncer cervicouterino, y a los jóvenes del cáncer de próstata. Sin correlativo