
AMÉRICA ALEJANDRA RANGEL LORENZANA
PARTIDO ACCIÓN NACIONAL
Ley: CÓDIGO PENAL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Tipo: ADICION
Nombre: CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE ADICIONA UN CAPÍTULO 114 BIS AL CÓDIGO PENAL PARA EL DISTRITO FEDERAL EN MATERIA DE NO PRESCRIPCIÓN DE DELITOS SEXUALES EN CONTRA DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES
Propuesta: ÚNICO. Se REFORMAN la fracción VI al Artículo 108 y la fracción III al Artículo 111, del Código Penal para el Distrito Federal, para quedar como sigue: CÓDIGO PENAL PARA EL DISTRITO FEDERAL ARTÍCULO 108.- (Plazos para la prescripción de la pretensión punitiva). Los plazos para la prescripción de la pretensión punitiva serán continuos; en ellos se considerará el delito con sus modalidades y se contarán a partir de: I. … II. … III. … IV. … V. … VI. Los delitos tipificados en el Libro Segundo, Títulos Quinto y Sexto de este Código, cuando las víctimas fueren niñas, niños y adolescentes, no prescribirán. ARTÍCULO 111.- (Prescripción de la pretensión punitiva según el tipo de pena) La pretensión punitiva respecto de delitos que se persigan de oficio prescribirá: I. … II. .. III. Tratándose de los delitos tipificados en el Libro Segundo, Títulos Quinto y Sexto de este Código, cuando las víctimas fueren niñas, niños y adolescentes, serán imprescriptibles. ARTÍCULOS TRANSITORIOS PRIMERO. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. SEGUNDO. Se derogan todas y cada una de las disposiciones que se opongan al presente decreto.
Dice: ARTÍCULO 108.- (Plazos para la prescripción de la pretensión punitiva). Los plazos para la prescripción de la pretensión punitiva serán continuos; en ellos se considerará el delito con sus modalidades y se contarán a partir de: I. … II. … III. … IV. … V. … VI. Los delitos tipificados en el Libro Segundo, Títulos Quinto y Sexto de este Código, cuando la víctima fuere menor de edad, no prescribirán. ARTÍCULO 111.- (Prescripción de la pretensión punitiva según el tipo de pena) La pretensión punitiva respecto de delitos que se persigan de oficio prescribirá: I. … II. .. III. Tratándose de los delitos tipificados en el Libro Segundo, Títulos Quinto y Sexto de este Código, cuando la víctima fuere menor de edad serán imprescriptibles.