
ANDRÉS SÁNCHEZ MIRANDA
PARTIDO ACCIÓN NACIONAL
Ley: REGLAMENTO DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Tipo: REFORMA
Nombre: CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMA EL ARTÍCULO 370 Y SE ADICIONA EL ARTÍCULO 451 TER, AMBOS DEL REGLAMENTO DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Propuesta: PROYECTO DE DECRETO INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMA EL ARTÍCULO 370 Y SE ADICIONA EL ARTÍCULO 451 TER, AMBOS DEL REGLAMENTO DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, para quedar como sigue: Sección Primera Reglas Generales Artículo 369. La entrega de la medalla se acompañará con un diploma. Artículo 370. La medalla a que se refiere el artículo anterior tendrá las características siguientes: I. Medalla de material en plata, .999 ley, dos caras, terminada en oro de 14 quilates, o en su defecto de una aleación más valiosa; II. En el anverso, el logotipo del Congreso de la Ciudad de México y la legislatura que corresponda en relieve; III. Al reverso, el grabado de la inscripción según sea el caso: a) Medalla al Mérito en Artes; b) Medalla al Mérito en Ciencias; c) Medalla al Mérito Ciudadano; d) Medalla al Mérito de las y los Defensores de Derechos Humanos; e) Medalla al Mérito Deportivo; f) Medalla al Mérito Docente; g) Medalla al Mérito Empresarial; h) Medalla al Mérito Hermila Galindo; i) Medalla al Mérito por la Igualdad y la no Discriminación: j) Medalla al Mérito Periodístico; k) Medalla al Mérito de Protección Civil; l) Medalla al Mérito Policial; m) Medalla al Mérito Turístico “Embajador Turístico de la Ciudad de México” n) Medalla al Mérito Juvenil; ñ) Medalla al Mérito por la Defensa de las Víctimas, y o) Medalla al Mérito Internacional; y p) Medalla al Héroe Ciudadano. IV. En fondo opaco, el nombre de la persona condecorada y la disciplina, en su caso, y V. El listón del que penda la medalla será de seda y con los colores patrios. Sección Décima Séptima Medalla al Héroe Ciudadano Articulo 451 ter. El Congreso otorgará anualmente la Medalla al Héroe Ciudadano a aquellas personas que, derivado de la comisión de un delito ejecutado con violencia física, hayan tenido el valor de enfrentarse a los sujetos activos con la finalidad de salvaguardar sus bienes jurídicos tutelados, como el patrimonio, la libertad, la salud o la vida, siempre y cuando se haya realizado atendiendo la causa de justificación de legítima defensa, sin que sea necesaria dicha determinación por parte de un agente del ministerio público. Las comisiones responsables y encargadas del procedimiento y entrega de la Medalla al Héroe Ciudadano serán la comisión de Seguridad Ciudadana y la comisión de Atención Especial a Víctimas. Para que un ciudadano pueda ser sujeto a dicha medalla, las comisiones responsables deberán determinar con base en los elementos de prueba existentes, que la o las víctimas, se defendieron de la comisión de un delito donde exista peligro actual e inminente. No se otorgará la medalla si se presume que existió dolo o violencia excesiva respecto el actuar de las víctimas. La Medalla se otorgará en Sesión Solemne. El procedimiento para la entrega de la Medalla será definido por las comisiones responsables. TRANSITORIOS PRIMERO.- Remítase a la Jefatura de Gobierno para su promulgación y publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México y para su mayor difusión, publíquese en el Diario Oficial de la Federación. SEGUNDO.- El Presente decreto entrará en vigor al día natural siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. TERCERO.- Se derogan todas aquellas disposiciones que se opongan al presente decreto.
Dice: Sección Primera Reglas Generales Artículo 369. La entrega de la medalla se acompañará con un diploma. Artículo 370. La medalla a que se refiere el artículo anterior tendrá las características siguientes: I. Medalla de material en plata, .999 ley, dos caras, terminada en oro de 14 quilates, o en su defecto de una aleación más valiosa; II. En el anverso, el logotipo del Congreso de la Ciudad de México y la legislatura que corresponda en relieve; III. Al reverso, el grabado de la inscripción según sea el caso: a) Medalla al Mérito en Artes; b) Medalla al Mérito en Ciencias; c) Medalla al Mérito Ciudadano; d) Medalla al Mérito de las y los Defensores de Derechos Humanos, e) Medalla al Mérito Deportivo; f) Medalla al Mérito Docente g) Medalla al Mérito Empresarial h) Medalla al Mérito Hermila Galindo i) Medalla al Mérito por la Igualdad y la no Discriminación j) Medalla al Mérito Periodístico; k) Medalla al Mérito de Protección Civil; l) Medalla al Mérito Policial; m) Medalla al Mérito Turístico “Embajador Turístico de la Ciudad de México” n) Medalla al Mérito Juvenil; ñ) Medalla al Mérito por la Defensa de las Víctimas, y o) Medalla al Mérito Internacional Sin correlativo IV. En fondo opaco, el nombre de la persona condecorada y la disciplina, en su caso, y V. El listón del que penda la medalla será de seda y con los colores patrios. Sin correlativo