
OLIVIA GARZA DE LOS SANTOS
PARTIDO ACCIÓN NACIONAL
Ley: LEY DE SALUD DE LA CIUDAD DE MÉXICO PARA GARANTIZAR EL ACCESO A QUIMIOTERAPIAS DE MANERA GRATUITA PARA MUJERES EN LA CIUDAD DE MÉXICO
Tipo: REFORMA
Nombre: CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMA LA LEY DE SALUD DE LA CIUDAD DE MÉXICO PARA GARANTIZAR EL ACCESO A QUIMIOTERAPIAS DE MANERA GRATUITA PARA MUJERES EN LA CIUDAD DE MÉXICO;
Propuesta: TEXTO NORMATIVO PROPUESTO Artículo 4. Para el cumplimiento del derecho a la salud, las políticas públicas estarán orientadas hacia lo siguiente: X. Promoverá la creación de Centros Quimioterapía dentro de las deisiseis alcaldías para la atención de pacientes con Cáncer. Artículo 5. Para los efectos del derecho a la salud se consideran, entre otros, los siguientes servicios básicos: XVII. El apoyo de salud universal que incluye, procedimientos quirúrgicos, hospitalización, servicios radiológicos, análisis clínicos y laboratorios para pacientes sin seguridad social que hayan sido diagnosticadas con cáncer de mama o cáncer cérvico uterino conforme a los artículos 77 bis 17 y 77 bis 29 de la Ley General de Salud. IX. ARTÍCULOS TRANSITORIOS TRANSITORIOS PRIMERO. Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. SEGUNDO. Este decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. TERCERO. La Secretaría de Salud de la Ciudad de México contará con ciento ochenta días para realizar las adecuaciones y acciones necesarias.
Dice: Artículo 4. Para el cumplimiento del derecho a la salud, las políticas públicas estarán orientadas hacia lo siguiente: Sin correlativo Artículo 5. Para los efectos del derecho a la salud se consideran, entre otros, los siguientes servicios básicos: Sin correlativo