
ANA LUISA BUENDIA GARCÍA
MOVIMIENTO DE REGENERACIÓN NACIONAL
Ley: LEY ORGÁNICA DE ALCALDÍAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Tipo: ADICION
Nombre: CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE ADICIONA UN PÁRRAFO AL ARTÍCULO 109 DE LA LEY ORGÁNICA DE ALCALDÍAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO, EN MATERIA DE PROGRAMAS DE GOBIERNO E IMPLEMENTACIÓN DE LA AGENDA 2030
Propuesta: ÚNICO. Se adiciona un párrafo al artículo 109 de la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México, para quedar como sigue: Artículo 109. Para garantizar el derecho a la buena administración, las Alcaldías deben elaborar su programa de gobierno, mismos que establecerán las metas y objetivos de la acción pública en el ámbito de las demarcaciones territoriales, en términos de la legislación aplicable. Los programas de gobierno de las alcaldías deberán contener metas y objetivos específicos basados en la Agenda 2030, para asegurar una alineación adecuada con los Objetivos de Desarrollo Sostenible. TRANSITORIOS PRIMERO. El presente Decreto, entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. SEGUNDO. Remítase a la Jefatura de Gobierno para su publicación y promulgación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
Dice: Artículo 109. Para garantizar el derecho a la buena administración, las Alcaldías deben elaborar su programa de gobierno, mismos que establecerán las metas y objetivos de la acción pública en el ámbito de las demarcaciones territoriales, en términos de la legislación aplicable.