
JANNETE ELIZABETH GUERRERO MAYA
PARTIDO DEL TRABAJO
Ley: CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Tipo: ADICION
Nombre: CON PROYECTO DE DECRETO POR LA QUE SE ADICIONA DIVERSOS NUMERALES A ARTÍCULOS DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, EN MATERIA DE CONSULTA PREVIA A PERSONAS CON DISCAPACIDAD
Propuesta: Artículo 11 Ciudad incluyente A. a F. … G. … 1. a 4. … 5. Las personas con discapacidad y las asociaciones en la materia tienen derecho a participar en las consultas previas que se hagan cuando se vayan a tomar medidas administrativas o legislativas susceptibles de afectar los derechos e intereses de las personas con discapacidad. Artículo 25 Democracia directa A. … 1. a 6. … 7. Esta Constitución reconoce el derecho de las personas con discapacidad residentes a ser consultadas en los términos de esta Constitución y tratados internacionales. TRANSITORIO PRIMERO. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. SEGUNDO. Las leyes secundarias en la materia deberán establecer las etapas, principios y mecanismos necesarios para asegurar la participación efectiva y accesible en las consultas previas de las personas con discapacidad, en concordancia con los tratados internacionales, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Constitución de la Ciudad de México.
Dice: Artículo 11 Ciudad incluyente A. a F. … G. Derechos de personas con discapacidad 1. a 4. … Sin Correlativo APÍTULO II DE LA DEMOCRACIA DIRECTA, PARTICIPATIVA Y REPRESENTATIVA Artículo 25 Democracia directa A. Disposiciones comunes 1. a 6. …. Sin correlativo