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ANA LUISA BUENDIA GARCÍA

MOVIMIENTO DE REGENERACIÓN NACIONAL

Ley: LEY DE OPERACIÓN E INNOVACIÓN DIGITAL PARA LA CIUDAD DE MÉXICO

Tipo: ADICION

Nombre: CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE ADICIONA LA FRACCIÓN XXX Y SE RECORRE LA SUBSECUENTE DEL ARTÍCULO 14, DE LA LEY DE OPERACIÓN E INNOVACIÓN DIGITAL PARA LA CIUDAD DE MÉXICO, EN MATERIA DE INTEROPERABILIDAD Y NOMBRAMIENTO DE DIRECTORES DE INNOVACIÓN POR LA AGENCIA DE INNOVACIÓN DIGITAL

Propuesta: Artículo 14. La Agencia tendrá las siguientes atribuciones: I… a XXVIII… XXIX. Contar con un Registro Electrónico de Trámites y Servicios de la Ciudad de México, en los términos de la Ley de Mejora Regulatoria de la Ciudad de México y la Ley de Gobierno Digital de la Ciudad de México; XXX. Nombrar a través de su titular, a las personas titulares de las Direcciones de Innovación, Tecnologías de Información y Comunicación, o sus equivalentes en las dependencias de la Administración Pública de la Ciudad de México, con el propósito de mejorar la interoperabilidad y eficiencia en la gestión de servicios públicos, y XXXI. Las demás que le otorgue la presente ley y otros ordenamientos jurídicos.

Dice: Artículo 14. La Agencia tendrá las siguientes atribuciones: I… a XXVIII… XXIX. Contar con un Registro Electrónico de Trámites y Servicios de la Ciudad de México, en los términos de la Ley de Mejora Regulatoria de la Ciudad de México y la Ley de Gobierno Digital de la Ciudad de México; y XXX. Las demás que le otorgue la presente ley y otros ordenamientos jurídicos.

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