ELIZABETH MATEOS HERNÁNDEZ
MOVIMIENTO DE REGENERACIÓN NACIONAL
Ley: LEY DE ESTABLECIMIENTOS MERCANTILES PARA LA CIUDAD DE MÉXICO
Tipo: REFORMA
Nombre: CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMA LA FRACCIÓN VIII DEL ARTÍCULO 10, APARTADO A, DE LA LEY DE ESTABLECIMIENTOS MERCANTILES PARA LA CIUDAD DE MÉXICO, EN MATERIA DE ESTABLECIMIENTOS MERCANTILES PET FRIENDLY, (HUELLITAS SEGURAS)
Propuesta: Artículo 10.- Las personas titulares de los establecimientos mercantiles de bajo impacto, impacto vecinal e impacto zonal tienen las siguientes obligaciones: Apartado A: … VIII. Permitir el libre acceso al establecimiento mercantil a los animales de compañía y perros de asistencia, con excepción de las zonas restringidas por disposiciones higiénico sanitarias. Para el caso de los perros de asistencia, la excepción a que se refiere el párrafo anterior, no aplicará cuando el usuario o usuaria del ejemplar no pueda ser auxiliado individualmente por algún familiar o persona de confianza. El establecimiento mercantil no podrá establecer condición alguna o costos por la entrada o estancia de dichos animales; …
Dice: Artículo 10.- Las personas titulares de los establecimientos mercantiles de bajo impacto, impacto vecinal e impacto zonal tienen las siguientes obligaciones: Apartado A: … VIII. Permitir el libre acceso al establecimiento mercantil a los perros de asistencia. El establecimiento mercantil no podrá establecer condición alguna o costos por la entrada o estancia de dicho animal; ...