RICARDO RUBIO TORRES
PARTIDO ACCIÓN NACIONAL
Ley: LEY DE VIVIENDA PARA LA CIUDAD DE MÉXICO
Tipo: REFORMA
Nombre: CON PROYECTO DE DECRETO, POR EL QUE SE REFORMAN LA FRACCIÓN I DEL ARTÍCULO 1º Y LA FRACCIÓN VIII DEL ARTÍCULO 19, AMBOS DE LA LEY DE VIVIENDA PARA LA CIUDAD DE MÉXICO
Propuesta: Artículo 1.- La presente Ley es aplicable en el territorio de la Ciudad de México, sus disposiciones son de orden público e interés social y tiene por objeto: I. Garantizar el derecho a la vivienda como un derecho humano universal conforme a lo dispuesto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al Estatuto de Gobierno del Distrito Federal a la Constitución Política de la Ciudad de México y los Tratados Internacionales en los que México es parte de la materia. ... ... ... Artículo 19.- El Órgano Legislativo de la Ciudad de México, será competente en materia de vivienda, para: I a VII VIII. Las demás que otorga la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, la Constitución Política de la Ciudad de México, la Ley Orgánica del Órgano Legislativo de la Ciudad de México, y demás ordenamientos aplicables en la materia.
Dice: Artículo 1.- La presente Ley es aplicable en el territorio de la Ciudad de México, sus disposiciones son de orden público e interés social y tiene por objeto: I. Garantizar el derecho a la vivienda como un derecho humano universal conforme a lo dispuesto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al Estatuto de Gobierno del Distrito Federal y los Tratados Internacionales en los que México es parte de la materia. ... ... ... Artículo 19.- El Órgano Legislativo de la Ciudad de México, será competente en materia de vivienda, para: I a VII VIII. Las demás que otorga la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, la Ley Orgánica del Órgano Legislativo de la Ciudad de México, y demás ordenamientos aplicables en la materia.