
ADRIANA MARÍA GUADALUPE ESPINOSA DE LOS MONTEROS GARCÍA
MOVIMIENTO DE REGENERACIÓN NACIONAL
Ley: Código Fiscal de la Ciudad de México
Tipo: REFORMA
Nombre: Iniciativa con Proyecto de Decreto, por el que se reforma el artículo 113 del Código Fiscal de la Ciudad de México, en materia del Impuesto sobre adquisición de inmuebles
Propuesta: ARTÍCULO 113.- El impuesto se calculará aplicando, sobre el valor total la tarifa correspondiente, misma que será publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, durante la primera semana de cada año. Es de observancia que, la actualización y publicación de la tarifa del Impuesto sobre adquisición de inmuebles, será resultado del estudio y análisis anual de la Secretaría de Administración y Finanzas de la Ciudad de México. […]
Dice: ARTÍCULO 113.- El impuesto se calculará aplicando, sobre el valor total del inmueble la siguiente tarifa: Sin referencia. En caso de adquirirse una porción del inmueble, una vez obtenido el resultado de aplicar la tarifa señalada al valor total del inmueble, se aplicará a dicho resultado, el porcentaje que se adquiera.